III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14741)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe Anual de la Ciudad Autónoma de Melilla, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108786
Las anteriores modificaciones originadas en el presupuesto de gastos fueron financiadas por las
siguientes fuentes.
CUADRO Nº 5. FUENTES DE FINANCIACIÓN DE LAS MODIFICACIONES ORIGINADAS EN
EL PRESUPUESTO DE GASTOS
(miles de euros)
Créditos
extraordinarios
y suplementos
de crédito
Recursos
Remanente
de
Tesorería
(financiación no afectada)
Remanente
de
(financiación afectada)
Tesorería
Ampliaciones
de crédito
Créditos
generados por
ingresos
Incorporaciones
remanentes de
crédito
Total
14.613
0
0
3.281
17.894
0
0
0
13.716
13.716
FCI
0
0
0
6.458
6.458
Aportaciones públicas
0
0
0
7.258
7.258
Aportaciones públicas
0
97
22.193
14.039
36.329
Aportaciones privadas
0
0
0
0
0
14.613
97
22.193
31.036
67.939
Total
La principal fuente de financiación procede de las aportaciones públicas recibidas durante el
ejercicio, para financiar todas las generaciones de crédito (con fondos procedentes del Estado en
su mayor parte, como la destinada a los Planes de Empleo por 11.900 miles de euros, además de
los procedentes de EMVISMESA por 6.245 miles de euros) y gran parte de las incorporaciones
(con fondos europeos), así como la única ampliación de crédito tramitada durante el ejercicio (con
fondos del Fondo Social Europeo, Programa Operativo 2014-2020, Iniciativa Empleo Juvenil).
También es significativa la financiación a través de remanentes de tesorería afectados, por un
total de 13.716 miles de euros.
El expediente de crédito extraordinario 26936/2018, por importe de 12.993 miles de euros, se
destina a créditos para inversiones financieramente sostenibles, previstas en la DA sexta de la
LOEPSF, en relación con el destino del superávit presupuestario correspondiente al ejercicio
2017, y reguladas en la DA decimosexta del TRLRHL, modificada en relación con el ámbito
objetivo por el Real Decreto-Ley (RD-L) 1/2018, de 23 de marzo. Una de las aplicaciones
presupuestarias incluidas en el expediente, por importe de 500 miles de euros, tiene reflejo
presupuestario en el grupo de programas 155, no previsto en la citada normativa ni en la Orden
EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las
EELL.
Por otra parte, aunque el RD-L 1/2018 prevé que, en los proyectos de inversión que no pudieran
ejecutarse íntegramente en 2018 (tal como dispone el apartado 5 de la DA decimosexta del
TRLRHL), la parte restante del gasto autorizado en 2018 se podría comprometer y reconocer en el
ejercicio 2019 (financiándose con cargo al remanente de tesorería), la CA no llegó a comprometer
cve: BOE-A-2021-14741
Verificable en https://www.boe.es
Si bien de la documentación obrante en los expedientes se ha contrastado el cumplimiento de los
requisitos de tramitación establecidos por la normativa reguladora de la materia, parece oportuna
la inclusión en las BBEE de los aspectos necesarios para unificar tanto la tramitación como la
contabilización y documentación a incluir en cada expediente, dado que en los últimos años las
disposiciones presupuestarias del TRLRHL no han sido objeto de actualización, quedando
desfasadas sobre las disposiciones de la Ley General Presupuestaria en esta materia.
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108786
Las anteriores modificaciones originadas en el presupuesto de gastos fueron financiadas por las
siguientes fuentes.
CUADRO Nº 5. FUENTES DE FINANCIACIÓN DE LAS MODIFICACIONES ORIGINADAS EN
EL PRESUPUESTO DE GASTOS
(miles de euros)
Créditos
extraordinarios
y suplementos
de crédito
Recursos
Remanente
de
Tesorería
(financiación no afectada)
Remanente
de
(financiación afectada)
Tesorería
Ampliaciones
de crédito
Créditos
generados por
ingresos
Incorporaciones
remanentes de
crédito
Total
14.613
0
0
3.281
17.894
0
0
0
13.716
13.716
FCI
0
0
0
6.458
6.458
Aportaciones públicas
0
0
0
7.258
7.258
Aportaciones públicas
0
97
22.193
14.039
36.329
Aportaciones privadas
0
0
0
0
0
14.613
97
22.193
31.036
67.939
Total
La principal fuente de financiación procede de las aportaciones públicas recibidas durante el
ejercicio, para financiar todas las generaciones de crédito (con fondos procedentes del Estado en
su mayor parte, como la destinada a los Planes de Empleo por 11.900 miles de euros, además de
los procedentes de EMVISMESA por 6.245 miles de euros) y gran parte de las incorporaciones
(con fondos europeos), así como la única ampliación de crédito tramitada durante el ejercicio (con
fondos del Fondo Social Europeo, Programa Operativo 2014-2020, Iniciativa Empleo Juvenil).
También es significativa la financiación a través de remanentes de tesorería afectados, por un
total de 13.716 miles de euros.
El expediente de crédito extraordinario 26936/2018, por importe de 12.993 miles de euros, se
destina a créditos para inversiones financieramente sostenibles, previstas en la DA sexta de la
LOEPSF, en relación con el destino del superávit presupuestario correspondiente al ejercicio
2017, y reguladas en la DA decimosexta del TRLRHL, modificada en relación con el ámbito
objetivo por el Real Decreto-Ley (RD-L) 1/2018, de 23 de marzo. Una de las aplicaciones
presupuestarias incluidas en el expediente, por importe de 500 miles de euros, tiene reflejo
presupuestario en el grupo de programas 155, no previsto en la citada normativa ni en la Orden
EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las
EELL.
Por otra parte, aunque el RD-L 1/2018 prevé que, en los proyectos de inversión que no pudieran
ejecutarse íntegramente en 2018 (tal como dispone el apartado 5 de la DA decimosexta del
TRLRHL), la parte restante del gasto autorizado en 2018 se podría comprometer y reconocer en el
ejercicio 2019 (financiándose con cargo al remanente de tesorería), la CA no llegó a comprometer
cve: BOE-A-2021-14741
Verificable en https://www.boe.es
Si bien de la documentación obrante en los expedientes se ha contrastado el cumplimiento de los
requisitos de tramitación establecidos por la normativa reguladora de la materia, parece oportuna
la inclusión en las BBEE de los aspectos necesarios para unificar tanto la tramitación como la
contabilización y documentación a incluir en cada expediente, dado que en los últimos años las
disposiciones presupuestarias del TRLRHL no han sido objeto de actualización, quedando
desfasadas sobre las disposiciones de la Ley General Presupuestaria en esta materia.