III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14740)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108679

La LO 2/2012, de 27 de abril, introduce el concepto de PMP como expresión del tiempo de pago o
retraso en el pago de la deuda comercial, de manera que todas las Administraciones Públicas
deben hacer público su PMP, que deberán calcular de acuerdo con una metodología común.
El PMP definido en el RD 1040/2017, de 22 de diciembre, por el que se modifica el RD 635/2014,
de 25 de julio, mide el retraso en el pago de la deuda comercial en términos económicos, como
indicador distinto respecto del periodo legal de pago establecido en la Ley 3/2004, de 29 de
diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones
comerciales, modificada por la Ley 15/2010, de 5 de julio.
El apartado 2 del art. 6 del RD 635/2014, establece la obligación de las corporaciones locales de
remitir al MH, de acuerdo con la O. HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las
obligaciones de suministro de información previstas en la LO 2/2012, de 27 de abril, la información
relativa a su PMP a proveedores referido, según corresponda, al mes o al trimestre anterior. Esta
remisión de la información económico-financiera correspondiente a la totalidad de las unidades
dependientes de cada Corporación Local se centralizará a través de la intervención o unidad que
ejerza sus funciones.
Según los datos recabados de la Oficina Virtual de Entidades Locales del MH, el PMP a
proveedores global de la Ciudad, calculado de acuerdo con la metodología señalada, ha sido de
76,6 días en el primer trimestre de 2018, por encima del plazo de 30 días establecido en la Ley
3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las
operaciones comerciales y sus sucesivas modificaciones. En los siguientes trimestres esta cifra ha
bajado significativamente, situándose en 29,1; 30,94; y 31,93 días, respectivamente.

cve: BOE-A-2021-14740
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Núm. 216