III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14740)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108638
En el ejercicio fiscalizado el porcentaje de recursos propios con respecto a los recursos totales fue
del 45,2 % frente al 48 % del ejercicio anterior. Se mantiene la tendencia de los últimos ejercicios
en los que los recursos percibidos del sistema de financiación superan a los recursos propios,
poniendo de manifiesto una excesiva dependencia de la financiación anual procedente de la
Administración del Estado.
Gráfico 2. Fuentes de financiación de la Ciudad Autónoma
Fuentes de financiación
2% 0,21% 8%
a) Participación en los ingresos del
Estado
14%
b) Fondo Complementario de
Financiacion
c) Garantía de mínimos IPSI
33%
d) Subvenciones y convenios
e) Fondos de Compensación
Interterritorial
f) Endeudamiento
20%
g) Tributarios
h) Patrimoniales
10%
i) Otros
1%
12%
Como puede observarse en el diagrama circular, las compensaciones del IPSI recibidas de la
AGE junto con el Fondo Complementario de Financiación ya han superado el importe de los
ingresos tributarios de la Ciudad.
- El reconocimiento de los derechos por la compensación en la recaudación del IPSI Importación,
de las Labores del Tabaco y de combustible se han imputado incorrectamente en el capítulo 2 del
presupuesto, puesto que al tratarse de transferencias del Estado, debería imputarse al capítulo 4.
Asimismo, el importe reconocido en el ejercicio por estos conceptos se basa en una estimación de
la recaudación del ejercicio 2018, frente al criterio mantenido en el marco conceptual del plan de
contabilidad en el apartado 5.4 Criterios de valoración de gastos e ingresos presupuestarios, que
establece que “el reconocimiento del ingreso presupuestario derivado de transferencias o
subvenciones recibidas debe realizarse cuando se produzca el incremento de activo en el que se
materialicen (tesorería)”. En el ejercicio 2018 la AGE ha reconocido y efectuado la compensación
correspondiente a la recaudación de 2017, cuyo importe debe imputarse al ejercicio 2018.
cve: BOE-A-2021-14740
Verificable en https://www.boe.es
En el análisis realizado sobre los derechos reconocidos y las anulaciones de derechos practicadas
en 2018 se han puesto de manifiesto los siguientes resultados:
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108638
En el ejercicio fiscalizado el porcentaje de recursos propios con respecto a los recursos totales fue
del 45,2 % frente al 48 % del ejercicio anterior. Se mantiene la tendencia de los últimos ejercicios
en los que los recursos percibidos del sistema de financiación superan a los recursos propios,
poniendo de manifiesto una excesiva dependencia de la financiación anual procedente de la
Administración del Estado.
Gráfico 2. Fuentes de financiación de la Ciudad Autónoma
Fuentes de financiación
2% 0,21% 8%
a) Participación en los ingresos del
Estado
14%
b) Fondo Complementario de
Financiacion
c) Garantía de mínimos IPSI
33%
d) Subvenciones y convenios
e) Fondos de Compensación
Interterritorial
f) Endeudamiento
20%
g) Tributarios
h) Patrimoniales
10%
i) Otros
1%
12%
Como puede observarse en el diagrama circular, las compensaciones del IPSI recibidas de la
AGE junto con el Fondo Complementario de Financiación ya han superado el importe de los
ingresos tributarios de la Ciudad.
- El reconocimiento de los derechos por la compensación en la recaudación del IPSI Importación,
de las Labores del Tabaco y de combustible se han imputado incorrectamente en el capítulo 2 del
presupuesto, puesto que al tratarse de transferencias del Estado, debería imputarse al capítulo 4.
Asimismo, el importe reconocido en el ejercicio por estos conceptos se basa en una estimación de
la recaudación del ejercicio 2018, frente al criterio mantenido en el marco conceptual del plan de
contabilidad en el apartado 5.4 Criterios de valoración de gastos e ingresos presupuestarios, que
establece que “el reconocimiento del ingreso presupuestario derivado de transferencias o
subvenciones recibidas debe realizarse cuando se produzca el incremento de activo en el que se
materialicen (tesorería)”. En el ejercicio 2018 la AGE ha reconocido y efectuado la compensación
correspondiente a la recaudación de 2017, cuyo importe debe imputarse al ejercicio 2018.
cve: BOE-A-2021-14740
Verificable en https://www.boe.es
En el análisis realizado sobre los derechos reconocidos y las anulaciones de derechos practicadas
en 2018 se han puesto de manifiesto los siguientes resultados: