III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2021-14740)
Resolución de 15 de junio de 2021, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe anual de la Ciudad Autónoma de Ceuta, ejercicio 2018.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108615
En el inventario de entes del Ministerio de Hacienda (MH) figura, además de las entidades
señaladas en el cuadro anterior, la Fundación Ceuta Crisol de Culturas 2015, a pesar de que la
misma fue extinguida en el año 2016, por lo que debe actualizarse la información remitida al MH
para darla de baja en el mencionado inventario. Por el contrario, no figura en el inventario, ni en el
cuadro anterior, el Patronato de Viviendas San Daniel, en proceso de liquidación desde el año
1993. Como se expone en el subapartado II.2, en la fiscalización no se ha informado sobre las
actuaciones llevadas a cabo por la Ciudad encaminadas a la extinción de dicha entidad.
Siguen sin llevarse a cabo los compromisos establecidos en los acuerdos plenarios de 27 de
febrero y 1 de diciembre de 2014 en los que, tras dejar sin efecto el proceso de reestructuración
del sector público de la Ciudad, como consecuencia de la estimación de varios recursos de
reposición presentados por funcionarios de la Ciudad, se expresó la voluntad de seguir avanzando
en la racionalización de medios, mediante la adopción de resoluciones tendentes a actualizar los
objetos sociales de las sociedades municipales, establecer planes de gestión por objetivos,
configurar una relación de puestos de trabajo (RPT) de cada entidad, tender a la homogeneización
de las condiciones laborales preservando los principios de igualdad, mérito, capacidad y
publicidad, así como modificar los estatutos de las sociedades municipales, incluyendo la
obligatoriedad de gestionar el presupuesto de cada una de ellas de conformidad con la legislación
aplicable a los presupuestos de la Ciudad.
Estas medidas no se han adoptado y el sector público empresarial de Ceuta ha permanecido
como antes del proceso de reestructuración, excepto en las sociedades Puerta de África, S.A.,
Parque Marítimo del Mediterráneo, S.A. y OBIMACE, S.L.U., cuyas participaciones se
transmitieron a la CA de Ceuta desde sus sociedades matrices PROCESA y OBIMASA, según lo
previsto en la DA 9ª de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de
la Administración Local.
La Disposición final décima tercera de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2017 modificó el apartado 4 del art. 209 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), que regula el contenido de la cuenta general de
las entidades, al añadir que: “Las entidades locales unirán a la Cuenta General los estados
consolidados que determine el Ministro de Hacienda y Función Pública, en los términos previstos
en las normas de consolidación que apruebe para el sector público local conformes a las Normas
para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público”.
El art. 13 de estas normas, que fueron aprobadas en la O. HAP/1489/2013, de 18 de julio,
establece como estados consolidados, el balance, la cuenta de resultados, el estado de cambios
en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y los estados de liquidación del presupuesto
de todos los derechos y obligaciones presupuestarios reconocidos. En la cuenta general de 2018
la Ciudad solo ha unido los dos primeros, sin que asimismo en ellos se hayan incluido a la
Fundación Premio Convivencia ni al Consorcio Rector del Centro Asociado a la UNED en Ceuta.
El activo total consolidado a 31 de diciembre de 2018 ha ascendido a 676.332 miles de euros, lo
que supone un aumento del 8 % con respecto al ejercicio anterior. El 67 % corresponde al activo
no corriente y dentro de este el 61 % corresponde al inmovilizado material. En el pasivo, el 57 %
corresponde al patrimonio neto, el 22 % a deudas a largo plazo y el 21 % a deudas, acreedores y
otras cuentas a pagar a corto plazo. No obstante, deben tenerse en cuenta las siguientes
incorrecciones detectadas en la consolidación de los estados contables:
.
En el proceso de agregación no se han incluido partidas por 5 miles de euros que figuraban
en el balance de la sociedad OBIMACE, S.L.U.
.
En la eliminación de inversión-fondos propios no se han minorado participaciones en
empresas por un importe de 791 miles de euros, ni se ha eliminado la totalidad del capital social
de varias sociedades por 6.950 miles de euros.
cve: BOE-A-2021-14740
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 216
Jueves 9 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 108615
En el inventario de entes del Ministerio de Hacienda (MH) figura, además de las entidades
señaladas en el cuadro anterior, la Fundación Ceuta Crisol de Culturas 2015, a pesar de que la
misma fue extinguida en el año 2016, por lo que debe actualizarse la información remitida al MH
para darla de baja en el mencionado inventario. Por el contrario, no figura en el inventario, ni en el
cuadro anterior, el Patronato de Viviendas San Daniel, en proceso de liquidación desde el año
1993. Como se expone en el subapartado II.2, en la fiscalización no se ha informado sobre las
actuaciones llevadas a cabo por la Ciudad encaminadas a la extinción de dicha entidad.
Siguen sin llevarse a cabo los compromisos establecidos en los acuerdos plenarios de 27 de
febrero y 1 de diciembre de 2014 en los que, tras dejar sin efecto el proceso de reestructuración
del sector público de la Ciudad, como consecuencia de la estimación de varios recursos de
reposición presentados por funcionarios de la Ciudad, se expresó la voluntad de seguir avanzando
en la racionalización de medios, mediante la adopción de resoluciones tendentes a actualizar los
objetos sociales de las sociedades municipales, establecer planes de gestión por objetivos,
configurar una relación de puestos de trabajo (RPT) de cada entidad, tender a la homogeneización
de las condiciones laborales preservando los principios de igualdad, mérito, capacidad y
publicidad, así como modificar los estatutos de las sociedades municipales, incluyendo la
obligatoriedad de gestionar el presupuesto de cada una de ellas de conformidad con la legislación
aplicable a los presupuestos de la Ciudad.
Estas medidas no se han adoptado y el sector público empresarial de Ceuta ha permanecido
como antes del proceso de reestructuración, excepto en las sociedades Puerta de África, S.A.,
Parque Marítimo del Mediterráneo, S.A. y OBIMACE, S.L.U., cuyas participaciones se
transmitieron a la CA de Ceuta desde sus sociedades matrices PROCESA y OBIMASA, según lo
previsto en la DA 9ª de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de
la Administración Local.
La Disposición final décima tercera de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2017 modificó el apartado 4 del art. 209 del Texto Refundido de la Ley
Reguladora de las Haciendas Locales (TRLRHL), que regula el contenido de la cuenta general de
las entidades, al añadir que: “Las entidades locales unirán a la Cuenta General los estados
consolidados que determine el Ministro de Hacienda y Función Pública, en los términos previstos
en las normas de consolidación que apruebe para el sector público local conformes a las Normas
para la formulación de cuentas anuales consolidadas en el ámbito del sector público”.
El art. 13 de estas normas, que fueron aprobadas en la O. HAP/1489/2013, de 18 de julio,
establece como estados consolidados, el balance, la cuenta de resultados, el estado de cambios
en el patrimonio neto, el estado de flujos de efectivo y los estados de liquidación del presupuesto
de todos los derechos y obligaciones presupuestarios reconocidos. En la cuenta general de 2018
la Ciudad solo ha unido los dos primeros, sin que asimismo en ellos se hayan incluido a la
Fundación Premio Convivencia ni al Consorcio Rector del Centro Asociado a la UNED en Ceuta.
El activo total consolidado a 31 de diciembre de 2018 ha ascendido a 676.332 miles de euros, lo
que supone un aumento del 8 % con respecto al ejercicio anterior. El 67 % corresponde al activo
no corriente y dentro de este el 61 % corresponde al inmovilizado material. En el pasivo, el 57 %
corresponde al patrimonio neto, el 22 % a deudas a largo plazo y el 21 % a deudas, acreedores y
otras cuentas a pagar a corto plazo. No obstante, deben tenerse en cuenta las siguientes
incorrecciones detectadas en la consolidación de los estados contables:
.
En el proceso de agregación no se han incluido partidas por 5 miles de euros que figuraban
en el balance de la sociedad OBIMACE, S.L.U.
.
En la eliminación de inversión-fondos propios no se han minorado participaciones en
empresas por un importe de 791 miles de euros, ni se ha eliminado la totalidad del capital social
de varias sociedades por 6.950 miles de euros.
cve: BOE-A-2021-14740
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 216