III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-14686)
Resolución de 2 de septiembre de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica la segunda Adenda modificativa del Convenio con la Universidad de Santiago de Compostela, para el estudio de la mortalidad de las alisedas en los ecosistemas fluviales de las cuencas hidrográficas Miño-Sil y Limia y la propuesta de medidas de gestión en la conservación de la biodiversidad intraespecífica e interespecífica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215

Miércoles 8 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108396

celebración de este acto en virtud de lo establecido en el artículo 20 de la Ley
Orgánica 6/2001 de Universidades, de 21 de diciembre (BOE de 24 de diciembre de
2001), y en el artículo 85 de los Estatutos de la USC, aprobados por el Decreto 14/2014
de 30 de enero de la Xunta de Galicia (DOG de 12 de febrero de 2014).
MANIFIESTAN
I. Que en fecha 26 de junio de 2019 (BOE núm. 188 de 7 de agosto de 2019), se
otorgó el convenio entre la CHMS, O.A. y la Universidad de Santiago de Compostela
para el estudio de la mortalidad de las alisedas en los ecosistemas fluviales de las
cuencas hidrográficas Miño-Sil y Limia y la propuesta de medidas de gestión en la
conservación de la biodiversidad intraespecífica e interespecífica, con el objeto de
establecer el marco de colaboración entre la USC y la CHMS, O.A. para el estudio de
diversos aspectos que contribuyan a conseguir la conservación de la biodiversidad de las
alisedas; en el convenio se preveía su duración hasta el 31 de diciembre de 2021 y se
estimaba la ejecución de las actuaciones durante las anualidades 2019, 2020 y 2021.
II. Que en fecha 9 de octubre de 2020 (BOE núm. 309 de 25 de noviembre
de 2020) se otorgó una adenda modificativa del convenio por la que se reajustaban los
importes de las anualidades inicialmente establecidas.
III. Que desde la Comisión de seguimiento del convenio se ha propuesto una
segunda modificación del convenio debido por una parte, a que se considera
conveniente que parte de los trabajos que estaba previsto que se realizaran por el
Organismo de cuenca se asuman desde la propia USC, ya que su formación y
experiencia les permite realizar el trabajo con mayor calidad y garantías –lo que implica
un incremento del importe establecido en el convenio– y por otra parte, que para el
correcto cumplimiento del objetivo 3 del convenio es necesaria una ampliación del plazo
inicialmente previsto, y en consecuencia, un reajuste de las anualidades.
IV. Que, conforme a lo establecido en el apartado segundo de la Cláusula
duodécima del referenciado convenio las posibles modificaciones deberán formalizarse
mediante la suscripción del correspondiente instrumento modificativo, con los mismos
requisitos y condiciones exigidos para la aprobación del inicial.
A tal fin, en vista de lo manifestado anteriormente, las partes acuerdan suscribir la
presente modificación al convenio de referencia, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de la adenda.

Segunda.

Modificación de la cláusula segunda Compromisos de las partes.

Se modifican los apartados segundo y tercero de la cláusula segunda que quedan
redactados del siguiente modo:
«2.

La CHMS, O.A, por su parte, se compromete a:

– Aportar los medios humanos y personal técnico que se determine para la
coordinación y tutorización del convenio.

cve: BOE-A-2021-14686
Verificable en https://www.boe.es

El objeto de esta adenda es modificar el Convenio entre la CHMS, O.A. y la
Universidad de Santiago de Compostela para el estudio de la mortalidad de las alisedas
en los ecosistemas fluviales de las cuencas hidrográficas Miño-Sil y Limia y la propuesta
de medidas de gestión en la conservación de la biodiversidad intraespecífica e
interespecífica, otorgado en fecha 26 de junio de 2019 (BOE núm. 188, de 7 de agosto
de 2019) en lo relativo a su cuantía, duración, distribución de anualidades y de los
trabajos a realizar por las partes.