III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2021-14689)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., por la que se publica el Convenio con la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, SL, para la organización del ciclo "Cine en la UIMP".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215

Miércoles 8 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108410

Tercera. Actuaciones de cada una de las partes. Colaboración en la organización y
gestión.
Para la ejecución de este convenio las partes firmantes asumen los siguientes
compromisos de gestión:
a) La UIMP, haciendo uso de su experiencia en la organización de este tipo de
actividades culturales, se encargará, siempre dentro de lo que establezca su normativa
sobre procedimientos y demás legislación que le sea aplicable como organismo público,
de las siguientes gestiones relativas a las dos proyecciones del ciclo que tendrán lugar
en sus instalaciones:
– Derechos de exhibición y copias.
– Transporte.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización de las proyecciones en el Paraninfo de su Campus de Las Llamas: servicios
de limpieza, mantenimiento y vigilancia.
b) La SRECD, a través de la Filmoteca de Cantabria, se encargará, de acuerdo a
sus procedimientos y normativa, de las siguientes gestiones relativas a las dos
proyecciones del ciclo que tendrán lugar en sus instalaciones:
– Derechos de exhibición y copias.
– Transporte.
– Infraestructura general y medios técnicos necesarios para la organización y
realización de las proyecciones en las instalaciones de la Filmoteca de Cantabria:
servicios de limpieza, mantenimiento y vigilancia.
Cuarta. Compromisos económicos de las partes.

Colaboración en la financiación.

I. La SRECD, a través de la Filmoteca de Cantabria, se compromete a contribuir a
la financiación de los gastos derivados de la organización y celebración de las
actividades culturales objeto de este convenio con una aportación que se estima en
cuatrocientos setenta euros (470 €). Esta financiación se hará asumiendo directamente,
con cargo a su presupuesto ordinario, la financiación de las partidas que gestiona de
acuerdo con lo indicado en el apartado b) de la cláusula tercera.
II. La UIMP se compromete a asumir directamente, con cargo a su presupuesto
ordinario, la financiación de las partidas que gestiona según el apartado a) de la cláusula
tercera, que se estiman en mil ciento setenta y seis euros (1.176 €), mediante aportación
directa de personal así como de otros servicios con cargo al concepto
presupuestario 33.101.322C.226.06 de su presupuesto vigente, en el que existe crédito
adecuado y suficiente y, para lo cual, la UIMP tramita y aprueba los correspondientes
expedientes de gasto con carácter general para el conjunto de actividades, según los
procedimientos legalmente establecidos.
Publicidad y difusión.

I. En cuantos medios se utilicen para la promoción y difusión de la actividad cultural
se destacará la colaboración de la SRECD, a través de la Filmoteca de Cantabria, con la
UIMP, respetando en todo caso los logotipos y las directrices de imagen externa que
ambas instituciones faciliten con este fin.
II. En el caso de que alguna de las partes tuviese interés en realizar publicaciones o
producciones audiovisuales sobre el contenido y material del ciclo deberá previamente
comunicarlo por escrito a la contraparte, sin perjuicio de los demás permisos que
legalmente fueran precisos (derechos de autor, integridad de la obra, etc.).
En estas publicaciones o producciones audiovisuales deberá figurar el título de la
actividad cultural, fecha y lugar en el que se realizó, así como la colaboración de las

cve: BOE-A-2021-14689
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.