V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2021-37649)
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana relativo a la resolución de la presidencia del organismo por la que se acuerda someter a información pública el proyecto de las obras comprendidas en los proyectos de implantación de los planes de emergencia de la presa de Cornalvo, Montijo y Tentudía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 215
Miércoles 8 de septiembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 51449
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
37649
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana relativo a la
resolución de la presidencia del organismo por la que se acuerda
someter a información pública el proyecto de las obras comprendidas
en los proyectos de implantación de los planes de emergencia de la
presa de Cornalvo, Montijo y Tentudía.
La implantación de los planes de emergencia de las presas se encuadra dentro
del Anejo número 11 Plan de Medidas previsto en el Plan Hidrológico de la
Demarcación Hidrográfica del Guadiana, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8
de enero por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las
demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta,
Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas
del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.1 del citado Real Decreto 1/2016
"De conformidad con el artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y el
artículo 91 del Reglamento de Planificación Hidrológica, se declaran de utilidad
pública a los efectos de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación
Forzosa, todas las infraestructuras relacionadas con los programas de medidas de
los planes hidrológicos que se aprueban por esta norma, precisas para la
consecución de los objetivos ambientales de las masas de agua. De la misma
forma, también se declaran de utilidad pública los terrenos que no sean de dominio
público y resulten necesarios para la materialización de las infraestructuras
indicadas".
Asimismo, el artículo 10 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre
expropiación forzosa declara que "la utilidad pública se entiende implícita, en
relación con la expropiación de inmuebles, en todos los planes de obras y servicios
del Estado, Provincia y Municipio".
La implantación de Planes de Emergencia es una obligación del titular de la
presa y embalse, fundamental para la seguridad de bienes y personas. Se deriva
del artículo 123bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas y de su desarrollo
reglamentario: artículos 364, 366, 367 y 368 del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico y el muy reciente Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se
aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses.
Por lo que, de acuerdo con los antecedentes expuestos, y en virtud de lo
dispuesto en el artículo 21 de la Orden TEC/1425/2018, de 17 de diciembre, de
delegación de competencias del Ministerio para la Transición Ecológica
(actualmente Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico), esta
Presidencia acuerda someter a información pública los siguientes proyectos:
Proyecto 04.131-0006/2111 de implantación del plan de emergencias de la
presa de Tentudía.
cve: BOE-B-2021-37649
Verificable en https://www.boe.es
Por otra parte, la Dirección General del Agua ha acordado incluir la
implantación de los Planes de Emergencia de las presas del Estado en el Fondo
de Recuperación y Resiliencia, dotado con los Fondos Next Generation de la Unión
Europea.
Núm. 215
Miércoles 8 de septiembre de 2021
Sec. V-B. Pág. 51449
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MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO
37649
Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana relativo a la
resolución de la presidencia del organismo por la que se acuerda
someter a información pública el proyecto de las obras comprendidas
en los proyectos de implantación de los planes de emergencia de la
presa de Cornalvo, Montijo y Tentudía.
La implantación de los planes de emergencia de las presas se encuadra dentro
del Anejo número 11 Plan de Medidas previsto en el Plan Hidrológico de la
Demarcación Hidrográfica del Guadiana, aprobado por Real Decreto 1/2016, de 8
de enero por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos de las
demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta,
Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas
del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.1 del citado Real Decreto 1/2016
"De conformidad con el artículo 44.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas y el
artículo 91 del Reglamento de Planificación Hidrológica, se declaran de utilidad
pública a los efectos de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación
Forzosa, todas las infraestructuras relacionadas con los programas de medidas de
los planes hidrológicos que se aprueban por esta norma, precisas para la
consecución de los objetivos ambientales de las masas de agua. De la misma
forma, también se declaran de utilidad pública los terrenos que no sean de dominio
público y resulten necesarios para la materialización de las infraestructuras
indicadas".
Asimismo, el artículo 10 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre
expropiación forzosa declara que "la utilidad pública se entiende implícita, en
relación con la expropiación de inmuebles, en todos los planes de obras y servicios
del Estado, Provincia y Municipio".
La implantación de Planes de Emergencia es una obligación del titular de la
presa y embalse, fundamental para la seguridad de bienes y personas. Se deriva
del artículo 123bis del Texto Refundido de la Ley de Aguas y de su desarrollo
reglamentario: artículos 364, 366, 367 y 368 del Reglamento del Dominio Público
Hidráulico y el muy reciente Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se
aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses.
Por lo que, de acuerdo con los antecedentes expuestos, y en virtud de lo
dispuesto en el artículo 21 de la Orden TEC/1425/2018, de 17 de diciembre, de
delegación de competencias del Ministerio para la Transición Ecológica
(actualmente Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico), esta
Presidencia acuerda someter a información pública los siguientes proyectos:
Proyecto 04.131-0006/2111 de implantación del plan de emergencias de la
presa de Tentudía.
cve: BOE-B-2021-37649
Verificable en https://www.boe.es
Por otra parte, la Dirección General del Agua ha acordado incluir la
implantación de los Planes de Emergencia de las presas del Estado en el Fondo
de Recuperación y Resiliencia, dotado con los Fondos Next Generation de la Unión
Europea.