III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Contratación administrativa. (BOE-A-2021-14660)
Resolución de 1 de septiembre de 2021, de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se constituye y designa a los miembros de la Mesa de Contratación de la Dirección.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Martes 7 de septiembre de 2021

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parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público,
resuelve:
Primero. Constitución de la Mesa de Contratación.
Se constituye la Mesa de Contratación única de la Dirección de la Agencia Española
de Medicamentos y Productos Sanitarios, con carácter permanente que asistirá al
Órgano de Contratación competente para aquellos contratos cuya cuantía sea superior
de 500.000 euros y que actuará en los supuestos previstos en el artículo 326.1 de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Igualmente actuará en aquellos asuntos cuya intervención no resulte preceptiva pero,
que por parte de la Dirección de la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios, se considere conveniente su asistencia.
Segundo.

Funciones de la Mesa de Contratación.

La Mesa de Contratación desempeñará las funciones que le atribuyan la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y sus disposiciones
complementarias y, en concreto, las previstas en los artículos 326.2 de la citada ley y en
el artículo 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo.
Tercero. Composición de la Mesa de Contratación.
1.

La Mesa de Contratación estará compuesta por los siguientes miembros:

a) Presidencia: La persona titular de la Secretaría General de la Agencia Española
de Medicamentos y Productos Sanitarios.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad del Presidente o por decisión de éste,
será sustituido por el primer vocal.
b) Vocalías:
1.º La persona titular de la Coordinación General de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios.
2.º Un representante de la Abogacía del Estado del Ministerio de Sanidad.
3.º Un representante de la Intervención Delegada de la Intervención General de la
Administración del Estado en la Agencia Española de Medicamentos y Productos
Sanitarios.
4.º Jefe de Área de Asuntos Jurídicos de la Agencia Española de Medicamentos y
Productos Sanitarios.
En caso de vacante, ausencia o enfermedad de los vocales pertenecientes a la
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios actuará como vocal otro
funcionario, independiente de su cargo, de dicho organismo.

Todos los miembros de la Mesa de Contratación tendrán voz y voto, con excepción
del Secretario que tendrá voz pero no voto.
2. Si así lo requiere la Presidencia, a las reuniones de la Mesa de Contratación
podrán incorporarse, con voz pero sin voto, a propuesta de la persona titular del órgano
que haya promovido el expediente, aquellos asesores técnicos o expertos
independientes con conocimientos acreditados en las materias relacionadas con el
objeto del contrato que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar.
Dicha asistencia será autorizada por el Órgano de Contratación.

cve: BOE-A-2021-14660
Verificable en https://www.boe.es

c) Secretaría: Jefe Servicio de Contratación de la Agencia Española de
Medicamentos y Productos Sanitarios, que podrá ser suplido por otro funcionario,
independientemente de su cargo, que dependa del Órgano de Contratación.