V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. (BOE-B-2021-37589)
Extracto de la Orden de 27 de agosto de 2021, por la que se convocan las ayudas para la preparación y aplicación de los Planes de Producción y Comercialización para el año 2021, con posibilidad de anticipos a los mismos, de las Organizaciones de Productores Pesqueros y sus Asociaciones de ámbito nacional y transnacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 214

Martes 7 de septiembre de 2021

Sec. V-B. Pág. 51313

Alimentación a través de la aplicación 21.11.415B.772, "Ayudas al desarrollo de la
nueva OCM para la comercialización de los productos pesqueros" de los
Presupuestos Generales del estado para 2021 y para 2022. La cuantía máxima
total de la ayuda para esta convocatoria se establece en 5.650.000 €.
Quinto. Plazo de presentación y solicitudes.
En la convocatoria se establecen dos plazos de presentación de solicitudes. En
primer lugar uno en 2021, para aquellas OPP y AOP que estén interesadas en
obtener un anticipo de las ayudas, que oscilará entre el 50% y el 70% de las
cantidades aprobadas mediante resolución de la Dirección General de Ordenación
Pesquera y Acuicultura, a elección de la propia OPP y AOP y que se hará efectivo
en 2021. En este caso el plazo de presentación de solicitudes se iniciará con la
publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.
En segundo lugar otro en 2022, tanto para las OPP y AOP que hayan solicitado
anticipo como para aquellas que no lo han hecho con el fin de solicitar la ayuda de
los planes de producción y comercialización para el año 2021 una vez ejecutado
este por completo. En este caso el plazo se iniciará en el 15 de mayo de 2022.
El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre establece la obligación de
las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos con las
Administraciones Públicas. Las OPP y AOP como personas jurídicas deberán
presentar las solicitudes a través del registro electrónico del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, en los modelos que estarán accesibles en la
sede electrónica: https://sede.mapama.gob.es/portal/site/se), o en cualquiera de
los lugares previstos según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Sexto. Criterio de adjudicación.
La distribución de los fondos disponibles se llevará a cabo de conformidad con
los criterios de selección establecidos en el artículo 5 de la convocatoria.
Madrid, 27 de agosto de 2021.- Luis Planas Puchades, Ministro de Agricultura,
Pesca y Alimentación.

cve: BOE-B-2021-37589
Verificable en https://www.boe.es

ID: A210049352-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X