III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-14600)
Resolución de 4 de agosto de 2021, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la difusión e implantación del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales, su aplicación informática y el intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 6 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 108094

MANIFIESTAN
Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad de
Madrid firmaron, con fecha 28 de abril de 2014, un convenio para la difusión e
implantación de SIUSS y su aplicación informática.
Que, conforme a lo indicado en la cláusula segunda del citado convenio, el Ministerio
de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad concede a la Comunidad de Madrid la licencia
de uso para la utilización del programa informático, en entorno web, dentro del ámbito de
la Administración Autonómica y las Corporaciones Locales de su territorio.
La Comunidad de Madrid se compromete a la implantación de SIUSS en las
Corporaciones Locales de su territorio, dándoles acceso al programa informático.
Que tal como señala la cláusula tercera del citado convenio, la Comunidad de Madrid
es responsable del fichero de datos personales denominado «Sistema de Información de
Usuarios de Servicios Sociales (SIUSS)», debidamente declarado e inscrito en el
Registro de Ficheros de Datos Personales de la Agencia Española de Protección de
Datos, siendo el mismo instrumental respecto a las competencias que las leyes le
otorgan para la prestación de servicios sociales.
Que tal como señala la cláusula cuarta del citado convenio, el Ministerio de Sanidad,
Servicios Sociales e Igualdad (actual Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030),
conforme a lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de
diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (en adelante LOPD), se
constituye en «encargado del tratamiento» (en adelante encargado) y alojará en sus
servidores la información contenida en el fichero «Sistema de Información de Usuarios
de Servicios Sociales (SIUSS)», del que es responsable la Comunidad Autónoma, tal
como señala la cláusula tercera, limitándose su actuación al simple alojamiento y
realización de tareas de backup y a la prestación al responsable de los servicios
necesarios para que éste pueda usar la información, cargarla y explotarla, sin que
pueda, en ningún caso, acceder a los datos personales que el fichero contiene.
Que tal como señala la cláusula séptima del citado convenio, el Ministerio deberá
instrumentalizar y poner a disposición de los responsables de los ficheros, a través de la
Comunidad Autónoma, los medios necesarios para que tenga acceso en todo momento
a su fichero y pueda realizar en él las actuaciones y explotaciones que tenga por
conveniente.
Que tal como indica la cláusula undécima del citado convenio y en el Anexo de
subcontratación suscrito: «el encargado no podrá subcontratar las tareas encomendadas
mediante el presente encargo. En caso de necesitar subcontratarlo se precisará la firma
por las partes de un anexo a este convenio, con indicación de los servicios a
subcontratar y el adjudicatario de los mismos».
Que con fecha 25 de enero de 2019, el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar
Social, formalizó una adenda al convenio antedicho con la Comunidad de Madrid, que en
su cláusula primera modifica la cláusula undécima del citado convenio y el Anexo de
subcontratación suscrito, pasando a tener la siguiente redacción: Será posible la
subcontratación de las tareas encomendadas al encargado de tratamiento mediante el
presente encargo, en cumplimiento del artículo 28.2, del Reglamento 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, y de la Ley Orgánica 3/2018,
de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos
digitales.
Que tal como se indica en la cláusula segunda de la citada adenda al convenio,
todas las referencias efectuadas en el convenio suscrito con fecha 28 de abril de 2014
con la Comunidad de Madrid, a la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal, se
entenderán hechas al Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, cuya aplicación comenzó el 25 de mayo de 2018, y a la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre que entró en vigor el 7 de diciembre de 2018.
Que el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, en virtud de sus
competencias que le vienen atribuidas por el Real Decreto 452/2020, de 10 de marzo,
por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos

cve: BOE-A-2021-14600
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Núm. 213