II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Nacional de Policía. (BOE-A-2021-14576)
Resolución de 24 de agosto de 2021, de la Dirección General de la Policía, por la que se convoca oposición libre para cubrir plazas de alumnos/as de la Escuela Nacional de Policía, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Básica, categoría de Policía, del Cuerpo Nacional de Policía.
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Lunes 6 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 107852
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril,
de Tropa y Marinería de las plazas citadas se reservan 444 a militares profesionales de
tropa y marinería que lleven cinco años de servicios como tales, que serán cubiertas por
el procedimiento de oposición. Las 1.774 plazas restantes serán cubiertas por el
procedimiento de oposición libre.
Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería no cubiertas
acrecerán las de oposición libre.
El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas, un número
de opositores/as superior al de plazas convocadas.
En el supuesto de que el número de opositores/as que superen todas las pruebas de
la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, los criterios de
prelación para declarar aptos/as a unos/as y no aptos a otros/as serán los siguientes:
1.º Mayor puntuación obtenida en la parte a) de la segunda prueba
(conocimientos).
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera prueba (aptitud física).
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la primera prueba y, en
caso de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación
obtenida en los ejercicios segundo y tercero de la primera prueba hasta deshacer el
empate.
1.2
Fases del proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: a) oposición, b) curso de
formación y c) módulo de formación práctica.
2.
2.1
Requisitos de los/as aspirantes
Requisitos.
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
c) No haber sido condenada por delito doloso, ni separada del servicio del Estado,
de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitada para el
ejercicio de funciones públicas.
d) No hallarse incluida en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que
impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño
de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Real
Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de
exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
e) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a
través de declaración de la persona solicitante.
f) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres,
circunstancia que será comprobada por un asesor del Tribunal médico, en presencia de
un miembro del Tribunal, en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización
de la primera prueba (aptitud física).
g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
h) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o tener cumplidas las
condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión del
documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
El proceso de selección que habrán de superar las personas aspirantes será
adecuado al título académico requerido.
cve: BOE-A-2021-14576
Verificable en https://www.boe.es
2.1.1 Para ser admitida/o a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
Núm. 213
Lunes 6 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 107852
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.5 de la Ley 8/2006, de 24 de abril,
de Tropa y Marinería de las plazas citadas se reservan 444 a militares profesionales de
tropa y marinería que lleven cinco años de servicios como tales, que serán cubiertas por
el procedimiento de oposición. Las 1.774 plazas restantes serán cubiertas por el
procedimiento de oposición libre.
Las plazas reservadas a militares profesionales de tropa y marinería no cubiertas
acrecerán las de oposición libre.
El Tribunal no podrá aprobar, ni declarar que han superado las pruebas, un número
de opositores/as superior al de plazas convocadas.
En el supuesto de que el número de opositores/as que superen todas las pruebas de
la fase de oposición sea superior al número de plazas convocadas, los criterios de
prelación para declarar aptos/as a unos/as y no aptos a otros/as serán los siguientes:
1.º Mayor puntuación obtenida en la parte a) de la segunda prueba
(conocimientos).
2.º Mayor puntuación obtenida en la primera prueba (aptitud física).
3.º Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio de la primera prueba y, en
caso de persistir el empate, se irá aplicando sucesivamente la mayor puntuación
obtenida en los ejercicios segundo y tercero de la primera prueba hasta deshacer el
empate.
1.2
Fases del proceso selectivo.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases: a) oposición, b) curso de
formación y c) módulo de formación práctica.
2.
2.1
Requisitos de los/as aspirantes
Requisitos.
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
c) No haber sido condenada por delito doloso, ni separada del servicio del Estado,
de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitada para el
ejercicio de funciones públicas.
d) No hallarse incluida en ninguna de las causas de exclusión física o psíquica que
impidan o menoscaben la capacidad funcional u operativa necesaria para el desempeño
de las tareas propias de la Policía Nacional que vienen establecidas en el Real
Decreto 326/2021, de 11 de mayo, por el que se aprueba el cuadro médico de
exclusiones para el ingreso en la Policía Nacional.
e) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a
través de declaración de la persona solicitante.
f) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 las mujeres,
circunstancia que será comprobada por un asesor del Tribunal médico, en presencia de
un miembro del Tribunal, en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización
de la primera prueba (aptitud física).
g) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
h) Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente, o tener cumplidas las
condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión del
documento que acredite su homologación o equivalencia con la titulación española exigida.
El proceso de selección que habrán de superar las personas aspirantes será
adecuado al título académico requerido.
cve: BOE-A-2021-14576
Verificable en https://www.boe.es
2.1.1 Para ser admitida/o a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a
la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos: