III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-14589)
Resolución de 2 de septiembre de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio por el que se formaliza la encomienda de gestión con el Ayuntamiento de Cortes de Baza, para la ejecución de obras de reforma y rehabilitación de las casas-cuartel de la Guardia Civil de titularidad estatal radicadas en el municipio, en el marco del programa de fomento de empleo agrario.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 213
Lunes 6 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107954
Sexto.
Que según lo establecido en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos y Entidades de Derecho
Público de distintas Administraciones se formalizará mediante firma del correspondiente
Convenio entre ellas
Por todo lo expuesto, ambas partes deciden suscribir el presente Convenio de
Encomienda de Gestión, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Ámbito de aplicación subjetivo y territorial.
Son partes del presente Convenio, el Ministerio del Interior como órgano
encomendante, y el Ayuntamiento de Cortes de Baza, como entidad encomendada.
Este Convenio se suscribe por estar el Ayuntamiento de Cortes de Baza en el ámbito
territorial de los Consejos Comarcales del Instituto Nacional de Empleo, regulados por la
Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 2 de abril de 1997, por la que se
crean tres Consejos Comarcales del Instituto Nacional de Empleo en la Comunidad
Autónoma de Andalucía y se modifica el ámbito geográfico y la sede de otros Consejos,
y a los cuales resulta de aplicación el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio.
Segunda.
Objeto.
El objeto de este Convenio es la constitución de una encomienda de gestión a favor
del Ayuntamiento de Cortes de Baza por parte del Ministerio del Interior (Guardia Civil),
al amparo del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
El Ministerio del Interior (Guardia Civil) encomienda al Ayuntamiento de Cortes de
Baza la gestión de la ejecución de obras de rehabilitación y reforma de casas-cuartel de
la Guardia Civil de titularidad estatal radicadas en el municipio, ejecutadas en las
condiciones establecidas en el artículo 4.2.b) del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio.
Tercera.
Obligaciones del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Cortes de Baza se obliga por el presente Convenio a la gestión
de la ejecución de las obras de rehabilitación y/o reforma de la casa-cuartel de la
Guardia Civil de titularidad estatal situada en esa localidad, en las condiciones
establecidas en el artículo 4 y la disposición adicional sexta del Real Decreto 939/1997,
de 20 de junio y de acuerdo con los encargos de planeamiento y ejecución que se
establezcan en el seno de la comisión de seguimiento de este Convenio.
La ejecución de las obras de rehabilitación y/o reforma se harán con cargo a los
recursos propios del Ayuntamiento, sin que se genere ningún gasto ordinario ni
extraordinario para el Ministerio del Interior, con independencia de las subvenciones que
se generen en virtud del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio.
El Ministerio del Interior (Guardia Civil) asume las siguientes obligaciones:
a) Facilitar al Ayuntamiento de Cortes de Baza toda la colaboración, apoyo y
asistencia que sea precisa para la mejor realización de la encomienda de gestión objeto
del presente Convenio.
b) Facilitar al Ayuntamiento de Cortes de Baza, cuando éste así lo solicite, el
asesoramiento y la asistencia necesaria para realizar las actividades que se le
cve: BOE-A-2021-14589
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta. Obligaciones del Ministerio del Interior (Guardia Civil).
Núm. 213
Lunes 6 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107954
Sexto.
Que según lo establecido en el artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
cuando la encomienda de gestión se realice entre órganos y Entidades de Derecho
Público de distintas Administraciones se formalizará mediante firma del correspondiente
Convenio entre ellas
Por todo lo expuesto, ambas partes deciden suscribir el presente Convenio de
Encomienda de Gestión, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.
Ámbito de aplicación subjetivo y territorial.
Son partes del presente Convenio, el Ministerio del Interior como órgano
encomendante, y el Ayuntamiento de Cortes de Baza, como entidad encomendada.
Este Convenio se suscribe por estar el Ayuntamiento de Cortes de Baza en el ámbito
territorial de los Consejos Comarcales del Instituto Nacional de Empleo, regulados por la
Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, de 2 de abril de 1997, por la que se
crean tres Consejos Comarcales del Instituto Nacional de Empleo en la Comunidad
Autónoma de Andalucía y se modifica el ámbito geográfico y la sede de otros Consejos,
y a los cuales resulta de aplicación el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio.
Segunda.
Objeto.
El objeto de este Convenio es la constitución de una encomienda de gestión a favor
del Ayuntamiento de Cortes de Baza por parte del Ministerio del Interior (Guardia Civil),
al amparo del artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
El Ministerio del Interior (Guardia Civil) encomienda al Ayuntamiento de Cortes de
Baza la gestión de la ejecución de obras de rehabilitación y reforma de casas-cuartel de
la Guardia Civil de titularidad estatal radicadas en el municipio, ejecutadas en las
condiciones establecidas en el artículo 4.2.b) del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio.
Tercera.
Obligaciones del Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Cortes de Baza se obliga por el presente Convenio a la gestión
de la ejecución de las obras de rehabilitación y/o reforma de la casa-cuartel de la
Guardia Civil de titularidad estatal situada en esa localidad, en las condiciones
establecidas en el artículo 4 y la disposición adicional sexta del Real Decreto 939/1997,
de 20 de junio y de acuerdo con los encargos de planeamiento y ejecución que se
establezcan en el seno de la comisión de seguimiento de este Convenio.
La ejecución de las obras de rehabilitación y/o reforma se harán con cargo a los
recursos propios del Ayuntamiento, sin que se genere ningún gasto ordinario ni
extraordinario para el Ministerio del Interior, con independencia de las subvenciones que
se generen en virtud del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio.
El Ministerio del Interior (Guardia Civil) asume las siguientes obligaciones:
a) Facilitar al Ayuntamiento de Cortes de Baza toda la colaboración, apoyo y
asistencia que sea precisa para la mejor realización de la encomienda de gestión objeto
del presente Convenio.
b) Facilitar al Ayuntamiento de Cortes de Baza, cuando éste así lo solicite, el
asesoramiento y la asistencia necesaria para realizar las actividades que se le
cve: BOE-A-2021-14589
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Cuarta. Obligaciones del Ministerio del Interior (Guardia Civil).