II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-14524)
Resolución de 29 de agosto de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212

Sábado 4 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 107637

Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios
efectivos.
3.

Cursos de formación o perfeccionamiento.

Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10
puntos.
Únicamente se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento incluidos
en la convocatoria para cada puesto (Anexo I), que se acrediten documentalmente.
Los cursos susceptibles de valoración serán los impartidos o recibidos en el marco
de la formación para el empleo de las Administraciones Públicas y centros oficiales de
idiomas, no pudiéndose valorar los pertenecientes a una carrera universitaria, los de
doctorado, los derivados de procesos selectivos y los diplomas relativos a jornadas,
seminarios, simposios, máster y similares.
Aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración, no serán objeto de
valoración.
Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento
con una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se haya expedido
diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 9 puntos, con la
siguiente distribución:
– Para cursos de formación con una duración de 15 a 29 horas: 3 puntos.
– Para cursos de formación con una duración de 30 a 59 horas: 4 puntos.
– Para cursos de formación con una duración de 60 o más horas: 6 puntos.
Por la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento, siempre que ésta
haya sido acreditada, hasta 6 puntos, con la siguiente distribución:





Inferior a 2 horas: 2 puntos.
Igual o superior a 2 horas: 3 puntos.
Igual o superior a 5 horas: 4 puntos.
Igual o superior a 8 horas: 6 puntos.

4.

Antigüedad.

La antigüedad se valorará de la forma que se expresa a continuación:
– 0,67 puntos por cada año completo de servicio, hasta un máximo de 20 puntos.
Computándose a estos efectos los reconocidos que se hubieran prestado con
anterioridad a la adquisición de la condición de funcionario o funcionaria de carrera, al
amparo de lo dispuesto en la Ley 70/1978, de 26 de diciembre.

cve: BOE-A-2021-14524
Verificable en https://www.boe.es

Cada curso solo podrá ser valorado una vez, independientemente del número de
veces que se haya realizado o impartido.
No se podrá acumular la puntuación de un curso que haya sido recibido e impartido,
en cuyo caso se otorgará la puntuación más alta que le pueda corresponder.
Dada la naturaleza transversal de la formación en materia de igualdad entre mujeres
y hombres, se otorgará para todos los puestos que se incluyen en la convocatoria, una
valoración de 1 punto a los cursos de formación en esta materia, siempre que su
duración sea de 15 o más horas.
El plazo máximo de validez de los cursos relacionados con las tecnologías de la
información y ofimática, así como de aquellos relativos a materias en las que la
obsolescencia de los contenidos así lo recomiende, será de 10 años inmediatamente
anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Sólo serán valorables los cursos relacionados con las materias sobre cursos de
formación y perfeccionamiento reseñados en el anexo I de la convocatoria para cada
puesto de trabajo.