III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-14564)
Resolución de 26 de agosto de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica la Adenda al Convenio con el Gobierno de Canarias, para el desarrollo del proyecto de investigación "Análisis del uso del hábitat y de los impactos de la culebra real de California sobre las comunidades nativas de Gran Canaria".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 212
Sábado 4 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107814
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
la presente Adenda, y a tal efecto
EXPONEN
1.º Que ambas partes suscribieron con fecha de 18 de noviembre de 2020 un
Convenio para la realización del proyecto de investigación «Análisis del uso del hábitat y
de los impactos de la culebra real de California sobre las comunidades nativas de Gran
Canaria» (Lamproimpact).
2.º Que la cláusula octava del Convenio establece la posibilidad de llevar a cabo
modificaciones al mismo por mutuo acuerdo de las partes.
3.º Que, con la finalidad de reorganizar el plan de trabajo original debido a los
retrasos acumulados en la tramitación del Convenio de referencia, ambas partes
consideran adecuado firmar una Adenda a dicho Convenio con objeto de prorrogar su
vigencia así como de modificar su régimen económico, de tal manera que, si bien se
mantiene la misma aportación económica prevista para el CSIC (70.000,00 €), el
segundo pago correspondiente a la misma, de 35.000,00 euros, se imputa a la previsión
económica del Gobierno de Canarias para el año 2021, dado que se había previsto ésta
para el año 2020, habiendo quedado patente la imposibilidad de llevarlo a efecto en un
plazo tan perentorio.
Por lo anteriormente expuesto, las personas intervinientes acuerdan la suscripción de
la presente Adenda al Convenio para la realización conjunta del proyecto de
investigación aludido, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente Adenda es la modificación de las cláusulas cuarta y quinta
del Convenio del que trae causa, así como del apartado 7 de su Anexo, para ampliar la
vigencia del Convenio y modificar su régimen económico, en consonancia con lo
expresado en el expositivo 3.º
Segunda.
Modificación del Convenio.
Las partes acuerdan sustituir el segundo párrafo de la cláusula cuarta del Convenio
(«Vigencia») por el siguiente:
«De acuerdo con lo anterior, el presente Convenio tendrá una duración de 3
años, prorrogable de forma expresa y escrita con anterioridad a la fecha de su
finalización por un periodo de hasta un año adicional.»
«La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y
Planificación Territorial aportará al IPNA-CSIC la cantidad de setenta mil euros
(70.000,00 €) como consecuencia de los gastos adicionales que le ocasiona a este
organismo su participación en el Proyecto.
Los abonos se realizarán de la siguiente manera:
– Tras la entrada en vigor del Convenio y previa presentación de una memoria
con el cronograma y la planificación de los trabajos, el 50% de la anualidad
correspondiente al año 2020, esto es, treinta y cinco mil euros (35.000,00 €).
cve: BOE-A-2021-14564
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, se sustituye el contenido de la cláusula quinta del Convenio («Régimen
Económico») por el indicado a continuación:
Núm. 212
Sábado 4 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107814
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir
la presente Adenda, y a tal efecto
EXPONEN
1.º Que ambas partes suscribieron con fecha de 18 de noviembre de 2020 un
Convenio para la realización del proyecto de investigación «Análisis del uso del hábitat y
de los impactos de la culebra real de California sobre las comunidades nativas de Gran
Canaria» (Lamproimpact).
2.º Que la cláusula octava del Convenio establece la posibilidad de llevar a cabo
modificaciones al mismo por mutuo acuerdo de las partes.
3.º Que, con la finalidad de reorganizar el plan de trabajo original debido a los
retrasos acumulados en la tramitación del Convenio de referencia, ambas partes
consideran adecuado firmar una Adenda a dicho Convenio con objeto de prorrogar su
vigencia así como de modificar su régimen económico, de tal manera que, si bien se
mantiene la misma aportación económica prevista para el CSIC (70.000,00 €), el
segundo pago correspondiente a la misma, de 35.000,00 euros, se imputa a la previsión
económica del Gobierno de Canarias para el año 2021, dado que se había previsto ésta
para el año 2020, habiendo quedado patente la imposibilidad de llevarlo a efecto en un
plazo tan perentorio.
Por lo anteriormente expuesto, las personas intervinientes acuerdan la suscripción de
la presente Adenda al Convenio para la realización conjunta del proyecto de
investigación aludido, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente Adenda es la modificación de las cláusulas cuarta y quinta
del Convenio del que trae causa, así como del apartado 7 de su Anexo, para ampliar la
vigencia del Convenio y modificar su régimen económico, en consonancia con lo
expresado en el expositivo 3.º
Segunda.
Modificación del Convenio.
Las partes acuerdan sustituir el segundo párrafo de la cláusula cuarta del Convenio
(«Vigencia») por el siguiente:
«De acuerdo con lo anterior, el presente Convenio tendrá una duración de 3
años, prorrogable de forma expresa y escrita con anterioridad a la fecha de su
finalización por un periodo de hasta un año adicional.»
«La Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y
Planificación Territorial aportará al IPNA-CSIC la cantidad de setenta mil euros
(70.000,00 €) como consecuencia de los gastos adicionales que le ocasiona a este
organismo su participación en el Proyecto.
Los abonos se realizarán de la siguiente manera:
– Tras la entrada en vigor del Convenio y previa presentación de una memoria
con el cronograma y la planificación de los trabajos, el 50% de la anualidad
correspondiente al año 2020, esto es, treinta y cinco mil euros (35.000,00 €).
cve: BOE-A-2021-14564
Verificable en https://www.boe.es
Asimismo, se sustituye el contenido de la cláusula quinta del Convenio («Régimen
Económico») por el indicado a continuación: