III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14510)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales a partir del 1 de septiembre de 2021, del Anexo I del XII Convenio colectivo de centros de asistencia y educación infantil.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211

Viernes 3 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 107570

Se autoriza a la Secretaría de la Comisión Negociadora (UGT Servicios Públicos) y
en concreto a doña Ana Castaño Buendía para proceder a realizar los trámites oportunos
ante la Dirección General de Trabajo y publicación posterior en el BOE de este acuerdo.
Y en prueba de conformidad, las partes firman la presente acta en el lugar y fecha
indicados ut supra.–ACADE.–CECE.–CECEI.–EyG.–FCIC.–SALVEM 0-3.–UGT Servicios
Públicos.–FSIE.–USO.
ANEXO I
Tablas salariales centros de educación infantil (tabla general)
Tablas desde 1 de septiembre de 2021
Salario mensual

Salario anual
(14 pagas)

CPP (14)

Euros

GRUPO I. PERSONAL DE AULA.
Maestro.

1.411,66 €

19.763,24 €

30,09

Educador Infantil.

968,09 €

13.553,26 €

23,11

Auxiliar de apoyo.

SMI

SMI

15,92

1.401,30 €

19.618,20 €

29,54

Personal de cocina.

SMI

SMI

15,92

Personal de limpieza.

SMI

SMI

15,92

Personal de mantenimiento.

SMI

SMI

15,92

Personal de servicios generales.

SMI

SMI

15,92

Personal administrativo.

SMI

SMI

15,92

GRUPO II. PERSONAL DE SERVICIOS
COMPLEMENTARIOS.
Personal especializado: logopeda, psicólogo,
enfermero, médico, pedagogo, asistente social,
….
GRUPO III. PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN
Y SERVICIOS.

Salario mensual Salario anual


Euros
Euros

Director.

1.430,00

20.020,00

Subdirector.

1.430,00

20.020,00

Director pedagógico.

1.430,00

20.020,00

Nota: El CPP del cargo directivo será el que corresponde a su puesto de trabajo.
Si se produjese una subida del Salario Mínimo Interprofesional durante 2021, se
mantendría el diferencial de 10 euros sobre dicho SMI, para la categoría del Educador
Infantil en el concepto «Salario mensual», en las tablas salariales del anexo I para el
periodo de septiembre a diciembre de dicho año.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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CARGOS DIRECTIVOS TEMPORALES.