III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14507)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Acuerdo de modificación y tablas salariales para los años 2021 y 2022 del Convenio colectivo de IQVIA Information, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 211

Viernes 3 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 107481

En tal sentido, han acordado las siguientes modificaciones del articulado del
Convenio colectivo:
Primero.
Artículo 18. Jornada laboral.
Se añade el punto 5:
«5. En supuesto de proyectos muy vinculados a otras jurisdicciones en las que
haya diferencia horaria con nuestro país las personas trabajadoras podrán desempeñar
un horario diverso al ordinario previsto en el punto 18.2.»
Segundo.
Artículo 26. Tablas salariales.
El punto 1 queda redactado de la siguiente manera:
«Los salarios base pactados en el presente Convenio para el año 2021 y 2022,
en cómputo anual, por grupos y categorías profesionales vigentes, serán los
establecidos en el Anexo I- Tabla Salarial años 2021 y 2022, de este Convenio. La
fecha de aplicación de dichas tablas será desde el 1 de abril de 2021.»
Tercero.
Artículo 44. Compensación Teletrabajo COVID-19.
El artículo 44 del convenio se modifica en su totalidad pasando a llamarse
«Compensación Teletrabajo COVID19», quedando redactado de la siguiente manera:
«Debido a la situación excepcional provocada por la COVID en 2020, se
acuerda abonar un complemento extrasalarial en compensación de los gastos
derivados del trabajo a distancia ocasionados a las personas trabajadoras. Para
ello se constituye una bolsa de 25.000 €. El complemento extrasalarial y
extraordinario se abonará a todas las personas trabajadoras que continúen en
plantilla de la Compañía, con independencia de su grupo profesional, en la fecha
de abono de la nómina de junio 2021. El importe concreto de compensación a
abonar a cada persona trabajadora se determinará teniendo en cuenta el tiempo
de servicios prestados entre el 1/04/2020 y el 31/03/2021 y el número de personas
trabajadoras de la compañía beneficiarias de esta compensación.»
Cuatro.
Publicación del anexo I: Tabla Salarial años 2021-2022.

Categoría

Salario base 1 de abril de 2021 - 31 de
marzo de 2022
x 14

GI - DIRECCIÓN.

GII - GESTIÓN Y
DESARROLLO.

DIRECCIÓN.

1.777,75

24.888,50

JEFE OPERACIONES.

1.323,05

18.522,66

GESTIÓN Y
CONTROL.

1250,31

17.504,18

CONSULTOR.

1.111,12

15.555,72

971,6

13.602,42

CONSULTOR TECH.

1.250,31

17.504,28

ANALISTA TECH.

1.119,38

15.671,34

ANALISTA.
GIII - TÉCNICOS.

Año

cve: BOE-A-2021-14507
Verificable en https://www.boe.es

Grupo