III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2021-14440)
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Francisco Vargas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 210
Jueves 2 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107234
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
14440
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Francisco Vargas.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Francisco Vargas.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Adoración Blanque
Pérez, don Fernando Trigueros Rodrigo, la entidad mercantil «Mármoles y Granitos Uran,
S.L.» y don Juan José Álvarez Alcalde, según resulta de la escritura otorgada ante la
notario de Almería doña Marta Arrieta Navarro, el 27 de noviembre de 2019, con el
número 1644 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante la misma notaria el 10 de
noviembre de 2020, protocolo 1432 y ratificada por otra otorgada ante el notario de
Madrid, don Francisco Calderón Álvarez el 10 de noviembre de 2020, protocolo 3673.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la avenida de la Envía, 6, Apto. 7,
planta 2.ª, 04727 Vícar, Almería, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil diez euros (30.010 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
Promover, diseñar y gestionar todo tipo de actuaciones dirigidas al desarrollo del
medio rural y el sector agroalimentario.
Proteger el medio ambiente y el desarrollo sostenible.
Luchar contra la despoblación y la mejora de las condiciones de vida de la población
vinculada a los sectores del medio rural y agroalimentario.
Doña Adoración Blanque Pérez, don Fernando Trigueros Rodrigo y don Juan José
Álvarez Alcalde.
cve: BOE-A-2021-14440
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Patronato.
Núm. 210
Jueves 2 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 107234
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
14440
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Francisco Vargas.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Francisco Vargas.
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Adoración Blanque
Pérez, don Fernando Trigueros Rodrigo, la entidad mercantil «Mármoles y Granitos Uran,
S.L.» y don Juan José Álvarez Alcalde, según resulta de la escritura otorgada ante la
notario de Almería doña Marta Arrieta Navarro, el 27 de noviembre de 2019, con el
número 1644 de protocolo, subsanada por otra otorgada ante la misma notaria el 10 de
noviembre de 2020, protocolo 1432 y ratificada por otra otorgada ante el notario de
Madrid, don Francisco Calderón Álvarez el 10 de noviembre de 2020, protocolo 3673.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la avenida de la Envía, 6, Apto. 7,
planta 2.ª, 04727 Vícar, Almería, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil diez euros (30.010 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
Promover, diseñar y gestionar todo tipo de actuaciones dirigidas al desarrollo del
medio rural y el sector agroalimentario.
Proteger el medio ambiente y el desarrollo sostenible.
Luchar contra la despoblación y la mejora de las condiciones de vida de la población
vinculada a los sectores del medio rural y agroalimentario.
Doña Adoración Blanque Pérez, don Fernando Trigueros Rodrigo y don Juan José
Álvarez Alcalde.
cve: BOE-A-2021-14440
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Patronato.