II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Funcionarios de los Subgrupos A2 y C1. (BOE-A-2021-14357)
Resolución de 5 de agosto de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo, en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 1 de septiembre de 2021

Sec. II.B. Pág. 106596

Cuando el familiar objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad
reconocida igual o superior al 70 % o un grado II de dependencia: 2 puntos.
Cuando el familiar objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad
reconocida igual o superior al 33 % o un grado I de dependencia: 0,5 puntos.
b. Segundo grado de consanguinidad o afinidad:
Cuando el familiar objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad
reconocida igual o superior al 75 % o un grado III de dependencia: 5 puntos.
Cuando el familiar objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad
reconocida igual o superior al 70 % o un grado II de dependencia: 1 punto.
Cuando el familiar objeto de cuidado cuente con un grado de discapacidad
reconocida igual o superior al 33 % o un grado I de dependencia: 0,1 puntos.
El tiempo de residencia del familiar debe ser de al menos un año de antigüedad.
La valoración de este supuesto será incompatible con la otorgada por el cuidado de
hijos e hijas.
No se otorgará puntuación en aquellos casos en los que el participante ocupe ya un
puesto de trabajo con carácter provisional (adscripción provisional o comisión de
servicios), o mediante la figura de la atribución temporal de funciones del artículo 66 del
Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, en el municipio
donde reside el familiar objeto de cuidado.
II. Méritos específicos adecuados a las características del puesto.
Se encuentran recogidos en el anexo III de esta convocatoria, valorándose con una
puntuación máxima de 20 puntos.
En este apartado se tendrán en cuenta los conocimientos profesionales, estudios,
experiencia necesaria, titulación, en su caso, y demás condiciones que garanticen la
adecuación para el desempeño del puesto de trabajo.
A estos efectos, se procederá a valorar como méritos específicos los conocimientos
y/o experiencia adquiridos en el desarrollo de tareas o funciones propias de uno o varios
puestos de trabajo durante los últimos cinco años, siempre que se lleven desempeñando
un mínimo de seis meses o más en el mismo área funcional, a excepción de los puestos
señalados a continuación que se otorgará en su totalidad si llevan tres meses o más en
atención a que son puestos genéricos base para cuyo desempeño, los funcionarios y las
funcionarias cuando ingresan en el Cuerpo de Ayudantes o Especial de Instituciones
Penitenciarias, reciben toda la formación necesaria para su desempeño.
Coordinador/a de Servicios; Especialista de Oficinas; Especialista de Oficinas CIS;
Oficina Genérico; Oficina Genérico de CIS; Genérico Área Mixta; Genérico Área Mixta de
CIS; Servicio Interior de Vigilancia; Servicio Interior de Vigilancia CIS; Servicio Interior de
Vigilancia Dos; Apoyo Servicio de Gestión de Penas y Medidas Alternativas y Apoyo de
Oficina CIS.
En relación con los puestos ubicados en comunidades autónomas con lengua
cooficial, se valorará, además de los méritos aludidos anteriormente, el conocimiento de
dicha lengua cuando el contenido de los puestos se ajuste a lo establecido en el
apartado Tercero de la Orden de 20 de julio de 1990 (BOE del 24 de julio).
Quinta. Acreditación de los méritos.
La certificación de los méritos de los funcionarios y funcionarias que pertenezcan a
dos o más Cuerpos o Escalas del mismo o distinto subgrupo de adscripción deberá
referirse a los requisitos y méritos correspondientes al Cuerpo o Escala desde el que
participa.
Para la certificación de los méritos y funciones descritos en los apartados anteriores,
se aplicará lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,

cve: BOE-A-2021-14357
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Núm. 209