III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2021-14385)
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación de Paúl.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 106793
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
14385
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación de Paúl.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación de Paúl.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad religiosa «Hijas de
la Caridad de San Vicente de Paúl de la Provincia de España Sur», según resulta de la
escritura otorgada ante el notario de Sevilla don Francisco Javier López Cano el 21 de
noviembre de 2019 con el número 2659 de protocolo subsanada por otra otorgada ante
el mismo notario el 17 de febrero de 2021 con el número 785 de protocolo y de
ratificación ante el citado notario el 28 de mayo de 2020 protocolo 1054.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Real de la Jara número 2,
código postal 41008 de Sevilla y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
La Fundación tiene una finalidad eminentemente cívica, social y cultural que se
concreta en el desarrollo de la promoción social y cultural de la juventud y la infancia, la
ancianidad y de cualquier persona o colectivo desfavorecido o en riesgo de exclusión
social; todo ello conforme a los principios y valores propios de la doctrina de la iglesia
católica, y más concretamente bajo la inspiración del carácter propio de la Compañía
Hijas de la caridad de San Vicente de Paúl.
Patronato.
Sor María Carmen Polo Brazo, Sor Antonia Nieto Martínez, Sor Cristina Múgica
López, Sor Rafaela Martínez Rosales, Sor María Milagrosa de Haro Flores, don Juan de
la Rosa Mendoza, don José Luis Cabello Flores y don José Antonio Fernández Cabrero.
Cargos:
Presidenta: Sor María Carmen Polo Brazo.
Vicepresidenta: Sor Cristina Múgica López.
Secretaria: Sor Antonia Nieto Martínez.
cve: BOE-A-2021-14385
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 106793
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
14385
Resolución de 24 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación de Paúl.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación de Paúl.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad religiosa «Hijas de
la Caridad de San Vicente de Paúl de la Provincia de España Sur», según resulta de la
escritura otorgada ante el notario de Sevilla don Francisco Javier López Cano el 21 de
noviembre de 2019 con el número 2659 de protocolo subsanada por otra otorgada ante
el mismo notario el 17 de febrero de 2021 con el número 785 de protocolo y de
ratificación ante el citado notario el 28 de mayo de 2020 protocolo 1054.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Calle Real de la Jara número 2,
código postal 41008 de Sevilla y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España.
Tercero. Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto.
Fines de la Fundación.
La Fundación tiene una finalidad eminentemente cívica, social y cultural que se
concreta en el desarrollo de la promoción social y cultural de la juventud y la infancia, la
ancianidad y de cualquier persona o colectivo desfavorecido o en riesgo de exclusión
social; todo ello conforme a los principios y valores propios de la doctrina de la iglesia
católica, y más concretamente bajo la inspiración del carácter propio de la Compañía
Hijas de la caridad de San Vicente de Paúl.
Patronato.
Sor María Carmen Polo Brazo, Sor Antonia Nieto Martínez, Sor Cristina Múgica
López, Sor Rafaela Martínez Rosales, Sor María Milagrosa de Haro Flores, don Juan de
la Rosa Mendoza, don José Luis Cabello Flores y don José Antonio Fernández Cabrero.
Cargos:
Presidenta: Sor María Carmen Polo Brazo.
Vicepresidenta: Sor Cristina Múgica López.
Secretaria: Sor Antonia Nieto Martínez.
cve: BOE-A-2021-14385
Verificable en https://www.boe.es
Quinto.