III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14396)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de Decathlon España, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209

Miércoles 1 de septiembre de 2021

Sec. III. Pág. 107006

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
14396

Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el VIII Convenio colectivo de Decathlon España,
SA.

Visto el texto del VIII Convenio colectivo de la empresa Decathlon España, S.A.
(código de convenio n.º 90011522011998), que fue suscrito, con fecha 31 de marzo
de 2021, de una parte por los designados por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por el Sindicato Grupo Independiente de
Colaboradores de Decathlon (SGICD), que suma la mayoría de los miembros de los
Comités de empresa y Delegados de personal, en representación de los trabajadores
afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley
del Estatuto de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de agosto de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
VIII CONVENIO COLECTIVO DECATHLON ESPAÑA, S.A.
CAPÍTULO I
Disposiciones Generales

El presente Convenio obliga a la empresa Decathlon España, S.A. y a todos los
trabajadores/as que, estando en situación de alta en la plantilla, presten sus servicios en
cualquiera de los distintos centros de trabajo que esta empresa tenga abiertos durante la
vigencia del presente Convenio.
Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente Convenio Colectivo:
a) Las personas a las que se refieren los artículos 1.3.c) y 2.1.a) del Estatuto de los
Trabajadores.
b) Las personas que ocupen cargos comprendidos en el grupo profesional 1.
c) Las personas que ocupen cargos comprendidos en el grupo profesional 2, que
quedarán excluidas a los únicos efectos de salario, jornada y preaviso previstos en el
presente Convenio.

cve: BOE-A-2021-14396
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1. Ámbito funcional y personal.