III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-14392)
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alain Afflelou España y franquiciados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 106814
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
14392
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alain Afflelou España y
franquiciados.
Visto el texto del Convenio colectivo del grupo de empresas Alain Afflelou España y
franquiciados (código de convenio n.º 90103953012021), que fue suscrito, con fecha 5
de mayo de 2021, de una parte por los designados por la Dirección de dicho grupo de
empresas y empresas franquiciadas, en representación de las mismas, y de otra por los
sindicatos CC.OO., UGT y FETICO, en representación del colectivo laboral afectado, y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de
mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de agosto de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
PRIMER CONVENIO COLECTIVO DE PLURALIDAD DE EMPRESAS VINCULADAS
POR RAZONES ORGANIZATIVAS Y PRODUCTIVAS: ALAIN AFFLELOU Y
FRANQUICIADOS
Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo coinciden en la necesidad de
dotarse de un marco común en sus relaciones laborales que, a su vez, debe servir para
unificar las condiciones laborales de sus personas trabajadoras actualmente
diferenciadas a causa de la gran dispersión convencional existente.
Por tal motivo, el conjunto de empresas firmantes del mismo, jurídica y
económicamente independientes, pero vinculadas jurídicamente, y aun no perteneciendo
a un grupo empresarial común ni configurando por sí solas un sector propio de actividad,
comparte con la Representación Sindical el interés para crear un modelo único de
relaciones laborales que establezca la condiciones necesarias para conseguir un sistema
normativo laboral coordinado, homogéneo y estable que a su vez redunde en la mejora
de la eficiencia y de la productividad de las empresas.
cve: BOE-A-2021-14392
Verificable en https://www.boe.es
PREÁMBULO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 106814
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
14392
Resolución de 19 de agosto de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo de Alain Afflelou España y
franquiciados.
Visto el texto del Convenio colectivo del grupo de empresas Alain Afflelou España y
franquiciados (código de convenio n.º 90103953012021), que fue suscrito, con fecha 5
de mayo de 2021, de una parte por los designados por la Dirección de dicho grupo de
empresas y empresas franquiciadas, en representación de las mismas, y de otra por los
sindicatos CC.OO., UGT y FETICO, en representación del colectivo laboral afectado, y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartado 2 y 3, de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015,
de 23 de octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de
mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y
planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 19 de agosto de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
PRIMER CONVENIO COLECTIVO DE PLURALIDAD DE EMPRESAS VINCULADAS
POR RAZONES ORGANIZATIVAS Y PRODUCTIVAS: ALAIN AFFLELOU Y
FRANQUICIADOS
Las partes firmantes del presente Convenio Colectivo coinciden en la necesidad de
dotarse de un marco común en sus relaciones laborales que, a su vez, debe servir para
unificar las condiciones laborales de sus personas trabajadoras actualmente
diferenciadas a causa de la gran dispersión convencional existente.
Por tal motivo, el conjunto de empresas firmantes del mismo, jurídica y
económicamente independientes, pero vinculadas jurídicamente, y aun no perteneciendo
a un grupo empresarial común ni configurando por sí solas un sector propio de actividad,
comparte con la Representación Sindical el interés para crear un modelo único de
relaciones laborales que establezca la condiciones necesarias para conseguir un sistema
normativo laboral coordinado, homogéneo y estable que a su vez redunde en la mejora
de la eficiencia y de la productividad de las empresas.
cve: BOE-A-2021-14392
Verificable en https://www.boe.es
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