III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2021-14384)
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Paco de Lucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 106791
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
14384
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Paco de Lucía.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Paco de Lucía.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Gabriela Canseco
Vallejo, doña Antonia Sánchez Canseco, doña Casilda Sánchez Varela, doña Lucía
Palma Sánchez Varela y don Francisco Sánchez Varela según resulta de la escritura
otorgada ante el notario de Madrid don Fernando de la Cámara García el 23 de
noviembre de 2020 con el número 1602 de protocolo modificada por otra otorgada ante
el mismo notario el día 6 de mayo de 2021 protocolo 730 y ratificada por otra otorgada
ante el mismo notario el 6 de mayo de 2021 protocolo 731.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Plaza de la Encarnación
número 3, 2.º D, 28013 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
El acercamiento, fomento, difusión y divulgación del flamenco como género musical,
así como la obra del guitarrista Paco de Lucía, aproximando este género musical a los
sectores más amplios de la población a través de acciones de diversa índole.
Doña Gabriela Canseco Vallejo, doña Antonia Sánchez Canseco, doña Casilda
Sánchez Varela, doña Lucía Palma Sánchez Varela y don Francisco Sánchez Varela.
Cargos:
Presidenta: Doña Gabriela Canseco Vallejo.
Vicepresidenta: Doña Casilda Sánchez Varela.
Secretario no patrono: Don Francisco Porras Oya.
Vicesecretaria no patrona: Doña Virginia María Egido Esteban.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.
cve: BOE-A-2021-14384
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Patronato.
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. III. Pág. 106791
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
14384
Resolución de 17 de mayo de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Paco de Lucía.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Paco de Lucía.
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por doña Gabriela Canseco
Vallejo, doña Antonia Sánchez Canseco, doña Casilda Sánchez Varela, doña Lucía
Palma Sánchez Varela y don Francisco Sánchez Varela según resulta de la escritura
otorgada ante el notario de Madrid don Fernando de la Cámara García el 23 de
noviembre de 2020 con el número 1602 de protocolo modificada por otra otorgada ante
el mismo notario el día 6 de mayo de 2021 protocolo 730 y ratificada por otra otorgada
ante el mismo notario el 6 de mayo de 2021 protocolo 731.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la Plaza de la Encarnación
número 3, 2.º D, 28013 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio
del Reino de España.
Tercero.
Dotación.
Dotación inicial: treinta mil euros (30.000 €). La dotación es dineraria y ha sido
totalmente desembolsada según se acredita con la certificación bancaria.
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Cuarto. Fines de la Fundación.
El acercamiento, fomento, difusión y divulgación del flamenco como género musical,
así como la obra del guitarrista Paco de Lucía, aproximando este género musical a los
sectores más amplios de la población a través de acciones de diversa índole.
Doña Gabriela Canseco Vallejo, doña Antonia Sánchez Canseco, doña Casilda
Sánchez Varela, doña Lucía Palma Sánchez Varela y don Francisco Sánchez Varela.
Cargos:
Presidenta: Doña Gabriela Canseco Vallejo.
Vicepresidenta: Doña Casilda Sánchez Varela.
Secretario no patrono: Don Francisco Porras Oya.
Vicesecretaria no patrona: Doña Virginia María Egido Esteban.
Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas
anteriormente citadas.
cve: BOE-A-2021-14384
Verificable en https://www.boe.es
Quinto. Patronato.