II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL. Funcionarios de los Subgrupos A2 y C1. (BOE-A-2021-14354)
Acuerdo de 15 de julio de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, por el que se convoca concurso para la provisión de puestos de trabajo en los órganos técnicos del Consejo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 106575
8.5 En cualquier momento del proceso podrá recabarse formalmente de los
interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se
estimen necesarias para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así
como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o
valoración.
Cuarta.
Comisión de valoración y desarrollo del concurso.
1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la documentación recibida se
trasladará a la comisión de valoración que calificará los méritos de los aspirantes.
2. La comisión de valoración estará compuesta por:
Presidente: José María Márquez Jurado, gerente del Consejo.
Vocales:
– Myriam Aragón Vázquez, jefa de unidad del Servicio de Personal y Oficina Judicial.
– Juan Padilla Herreros, administrativo en el Servicio de Inspección.
– Esperanza Rubio Risueño, administrativa en la Gerencia.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al de los puestos convocado, que será designado por el secretario
general a propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el
apartado «Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
Secretaria: Purificación Medina de la Fuente, coordinadora adjunta en la unidad de
Administración de Personal de la Gerencia.
Actuarán en su caso como suplentes:
Presidente: Álvaro Sedano Lorenzo, director del Servicio de Personal y Oficina
Judicial.
Vocales:
– Jesús Rodríguez Real, jefe de unidad en el Servicio de Personal y Oficina Judicial.
– Raquel García Camblor, administrativa en el Servicio de Inspección.
– Delia Vázquez González, administrativa en la Gerencia.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al del puesto convocado, que será designado por el Secretario General a
propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el apartado
«Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
3. La abstención y recusación de los miembros de la comisión de valoración se
regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
régimen jurídico del sector público.
4. La comisión valorará en primer lugar los méritos generales de los aspirantes y
sólo evaluará los méritos específicos de los que superen la puntuación mínima exigida
en la primera fase. La puntuación de los méritos específicos, tendrá carácter provisional.
5. Para la comprobación y el contraste de los méritos específicos alegados, la
comisión de valoración convocará a una entrevista personal, así como a una prueba de
verificación de la experiencia en el manejo de las aplicaciones ofimáticas contempladas
en los méritos específicos del puesto, a aquellos aspirantes, que habiendo superado la
segunda fase, hayan obtenido mayor puntuación en la suma de las dos fases, no
pudiendo convocar a menos de cinco aspirantes, salvo que el número de aspirantes que
han superado la puntuación mínima de la segunda fase fuera inferior, en cuyo caso se
convocará a todos ellos.
6. La convocatoria para la realización de las entrevistas y prueba se notificará a la
dirección de correo electrónico que los concursantes indiquen en su solicitud de
cve: BOE-A-2021-14354
Verificable en https://www.boe.es
Secretario: Manuel Granell Parra, administrativo en la Gerencia del Consejo.
Núm. 209
Miércoles 1 de septiembre de 2021
Sec. II.B. Pág. 106575
8.5 En cualquier momento del proceso podrá recabarse formalmente de los
interesados/as las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se
estimen necesarias para la comprobación de los méritos, requisitos o datos alegados, así
como aquellos otros que se consideren precisos para una ajustada inclusión o
valoración.
Cuarta.
Comisión de valoración y desarrollo del concurso.
1. Terminado el plazo de presentación de solicitudes, la documentación recibida se
trasladará a la comisión de valoración que calificará los méritos de los aspirantes.
2. La comisión de valoración estará compuesta por:
Presidente: José María Márquez Jurado, gerente del Consejo.
Vocales:
– Myriam Aragón Vázquez, jefa de unidad del Servicio de Personal y Oficina Judicial.
– Juan Padilla Herreros, administrativo en el Servicio de Inspección.
– Esperanza Rubio Risueño, administrativa en la Gerencia.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al de los puestos convocado, que será designado por el secretario
general a propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el
apartado «Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
Secretaria: Purificación Medina de la Fuente, coordinadora adjunta en la unidad de
Administración de Personal de la Gerencia.
Actuarán en su caso como suplentes:
Presidente: Álvaro Sedano Lorenzo, director del Servicio de Personal y Oficina
Judicial.
Vocales:
– Jesús Rodríguez Real, jefe de unidad en el Servicio de Personal y Oficina Judicial.
– Raquel García Camblor, administrativa en el Servicio de Inspección.
– Delia Vázquez González, administrativa en la Gerencia.
– Un funcionario/a al servicio del Consejo que desempeñe puesto de trabajo de igual
o superior nivel al del puesto convocado, que será designado por el Secretario General a
propuesta de la Junta de Personal, publicándose dicha designación en el apartado
«Empleo Público» de la página web www.poderjudicial.es del Consejo.
3. La abstención y recusación de los miembros de la comisión de valoración se
regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
régimen jurídico del sector público.
4. La comisión valorará en primer lugar los méritos generales de los aspirantes y
sólo evaluará los méritos específicos de los que superen la puntuación mínima exigida
en la primera fase. La puntuación de los méritos específicos, tendrá carácter provisional.
5. Para la comprobación y el contraste de los méritos específicos alegados, la
comisión de valoración convocará a una entrevista personal, así como a una prueba de
verificación de la experiencia en el manejo de las aplicaciones ofimáticas contempladas
en los méritos específicos del puesto, a aquellos aspirantes, que habiendo superado la
segunda fase, hayan obtenido mayor puntuación en la suma de las dos fases, no
pudiendo convocar a menos de cinco aspirantes, salvo que el número de aspirantes que
han superado la puntuación mínima de la segunda fase fuera inferior, en cuyo caso se
convocará a todos ellos.
6. La convocatoria para la realización de las entrevistas y prueba se notificará a la
dirección de correo electrónico que los concursantes indiquen en su solicitud de
cve: BOE-A-2021-14354
Verificable en https://www.boe.es
Secretario: Manuel Granell Parra, administrativo en la Gerencia del Consejo.