II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. MINISTERIO DE JUSTICIA. Destinos. (BOE-A-2021-12951)
Orden JUS/823/2021, de 20 de julio, por la que se resuelve el concurso específico, convocado por Orden JUS/317/2021, de 17 de marzo, para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 182
Sábado 31 de julio de 2021
Sec. II.A. Pág. 92982
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE JUSTICIA
12951
Orden JUS/823/2021, de 20 de julio, por la que se resuelve el concurso
específico, convocado por Orden JUS/317/2021, de 17 de marzo, para el
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
Mediante Orden JUS/317/2021, de 17 de marzo, se anunció la convocatoria de un
concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el ámbito territorial
gestionado por el Ministerio de Justicia, para el Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la
Administración de Justicia.
De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, y en las bases de la
convocatoria, una vez acreditada la observancia del procedimiento debido y valorados
los méritos de los candidatos,
Este Ministerio acuerda:
Primero.
Resolver el concurso específico de méritos adjudicando los puestos convocados a
los concursantes que se relacionan en el anexo.
Segundo.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín
Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de
reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
cve: BOE-A-2021-12951
Verificable en https://www.boe.es
El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de localidad del funcionario; ocho días si implica cambio de localidad
dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días si implica cambio de Comunidad
Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma
de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y de Melilla en que será un mes tanto si el puesto
de trabajo es de origen o de destino. Cuando el adjudicatario de plaza obtenga con su
toma de posesión el reingreso en el servicio activo el plazo será de veinte días.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al
del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados.
Núm. 182
Sábado 31 de julio de 2021
Sec. II.A. Pág. 92982
II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias
MINISTERIO DE JUSTICIA
12951
Orden JUS/823/2021, de 20 de julio, por la que se resuelve el concurso
específico, convocado por Orden JUS/317/2021, de 17 de marzo, para el
Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y
Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia.
Mediante Orden JUS/317/2021, de 17 de marzo, se anunció la convocatoria de un
concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en el ámbito territorial
gestionado por el Ministerio de Justicia, para el Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la
Administración de Justicia.
De conformidad con lo establecido en los artículos 51, 52 y 53 del
Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal
Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, y en las bases de la
convocatoria, una vez acreditada la observancia del procedimiento debido y valorados
los méritos de los candidatos,
Este Ministerio acuerda:
Primero.
Resolver el concurso específico de méritos adjudicando los puestos convocados a
los concursantes que se relacionan en el anexo.
Segundo.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo ContenciosoAdministrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses
contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente Orden en el «Boletín
Oficial del Estado». Todo ello sin perjuicio de la interposición del recurso potestativo de
reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente
a su publicación, conforme lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
cve: BOE-A-2021-12951
Verificable en https://www.boe.es
El plazo para tomar posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si
no implica cambio de localidad del funcionario; ocho días si implica cambio de localidad
dentro de la Comunidad Autónoma y veinte días si implica cambio de Comunidad
Autónoma, a excepción de la Comunidad Autónoma de Canarias, Comunidad Autónoma
de las Illes Balears, Ciudad de Ceuta y de Melilla en que será un mes tanto si el puesto
de trabajo es de origen o de destino. Cuando el adjudicatario de plaza obtenga con su
toma de posesión el reingreso en el servicio activo el plazo será de veinte días.
El plazo para la toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al
del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la
publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión
deberá computarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o
licencias, incluidos los de vacaciones, que hayan sido concedidos a los interesados.