III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-12908)
Resolución de 26 de julio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Viernes 30 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 92633

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
12908

Resolución de 26 de julio de 2021, de la Dirección General del Catastro, por
la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y la Comunidad
Autónoma de Andalucía un Convenio para el intercambio de información sobre el
mercado inmobiliario y la coordinación de actuaciones relativas al valor de referencia,
procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura
como anexo de esta Resolución.
Madrid, 26 de julio de 2021.–El Director General del Catastro, Fernando de Aragón
Amunárriz.
ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Hacienda (Dirección General del
Catastro) y la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el intercambio de
información sobre el mercado inmobiliario y la coordinación de actuaciones
relativas al valor de referencia
En Madrid y Sevilla, a dieciséis de julio de dos mil veintiuno.
De una parte, don Fernando de Aragón Amunárriz, Director General del Catastro, en
virtud del Real Decreto 752/2016, de 30 de diciembre (BOE n.º 316, de 31 de diciembre)
en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo 17
de la Orden HAC/134/2021, de 17 de febrero, de delegación de competencias y por la
que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de
subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 18 de
febrero de 2021).
De otra parte, don Elías Bendodo Benasayag, Consejero de la Presidencia,
Administración Pública e Interior de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cargo para el
que fue nombrado por Decreto del Presidente 4/2019, de 21 de enero, por el que se
designan los Consejeros y las Consejeras de la Junta de Andalucía, habilitado para la
firma del presente Convenio mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de
Andalucía de fecha 22 de junio de 2021, de conformidad con el artículo 26.2. i) de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
EXPONEN

El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto
Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y
mantenimiento del Catastro Inmobiliario y la difusión de la información catastral es de
competencia exclusiva del Estado y que dichas funciones se ejercerán por la Dirección
General del Catastro, directamente o a través de las distintas fórmulas de colaboración
que se establezcan con las diferentes Administraciones, Entidades y Corporaciones
Públicas.
Por su parte, la Dirección General del Catastro ejercerá las funciones relativas a la
formación, mantenimiento, valoración y demás actuaciones inherentes al Catastro
Inmobiliario, de conformidad con el Real Decreto 689/2020, de 21 de julio, por el que se

cve: BOE-A-2021-12908
Verificable en https://www.boe.es

Primero.