III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2021-12926)
Orden TED/818/2021, de 12 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de la investigación y actividades que contribuyan a la transición ecológica, a la conservación del patrimonio natural y a hacer frente al cambio climático.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Viernes 30 de julio de 2021

Artículo 23.

Sec. III. Pág. 92766

Publicidad e información.

1. El texto completo de las presentes bases reguladoras se podrá consultar en la
página web de la FB (www.fundacion-biodiversidad.es), en el «Boletín Oficial del Estado»
y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
2. Los beneficiarios deberán dar publicidad de las ayudas percibidas en los
términos y condiciones establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre.
Disposición adicional única.

Régimen jurídico aplicable.

La concesión de estas subvenciones se regirá por lo dispuesto en esta orden, en las
correspondientes convocatorias, y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su
Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. En
defecto de lo previsto en esta normativa se aplicarán las normas de derecho
administrativo, y en último término el derecho privado.
Disposición transitoria única.

Procedimientos en tramitación.

A los procedimientos de concesión de subvenciones iniciados con anterioridad a la
entrada en vigor de la presente orden les será de aplicación la normativa por la que se
convocaron las correspondientes subvenciones y ayudas.
Disposición final primera.

Derogación de bases reguladoras.

1. Quedan sin efecto las siguientes bases reguladoras contenidas en la Resolución
de 12 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se
publican las bases reguladoras de concesión de ayudas y subvenciones por la
Fundación Biodiversidad, F.S.P. En concreto:
a) Bases reguladoras de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia
competitiva, para la evaluación del estado de la biodiversidad terrestre española.
b) Bases reguladoras de la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no
competitiva, para la realización de actividades relacionadas con las líneas de actuación
de la Fundación Biodiversidad.
2. Del mismo modo quedarán sin efecto las Bases reguladoras de la concesión de
ayudas por la Fundación Biodiversidad, en régimen de concurrencia competitiva, para la
realización de actividades en el ámbito de la biodiversidad terrestre, marina y litoral, el
cambio climático y la calidad ambiental aprobadas mediante Resolución de 21 de
diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se
publican las bases reguladoras de concesión de ayudas por la Fundación Biodiversidad.
Disposición final segunda.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de lo previsto en el artículo 149.1.15.ª de la
Constitución Española, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
fomento y coordinación general de la investigación científica y técnica.
Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 12 de julio de 2021.–La Vicepresidenta Tercera del Gobierno y Ministra para
la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Teresa Ribera Rodríguez.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-12926
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Disposición final tercera.