I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Transparencia. Buen gobierno. (BOE-A-2021-12828)
Ley Foral 14/2021, de 30 de junio, de modificación de la Ley Foral 5/2018, de 17 de mayo, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 92171
5. Desde la entrada en vigor de la presente disposición, el Gobierno de
Navarra creará y publicará en este espacio toda la documentación de interés, sin
perjuicio del plazo para la habilitación del sistema integral de información.
6. Las unidades responsables de los proyectos garantizarán que la
información publicada sea fiable, correcta, íntegra y accesible, para lo cual se
ofrecerá en formato de datos abiertos y reutilizables.
7. La información que deba ser publicada en este espacio se recogerá en el
plazo máximo de un mes desde su elaboración o aprobación por el órgano
competente, si procede.
8. El Gobierno de Navarra garantizará los recursos necesarios para que se
pueda cumplir lo previsto en la presente disposición.»
Disposición adicional única. Plazo para la habilitación del sistema integral de
información.
En el plazo de 6 meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley foral se
habilitará en el Portal del Gobierno Abierto del Gobierno de Navarra el espacio al que se
refiere el artículo único.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de
Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de
S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de
Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las
autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 30 de junio de 2021.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra,
María Chivite Navascués.
cve: BOE-A-2021-12828
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 163, de 14 de julio de 2021)
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 181
Viernes 30 de julio de 2021
Sec. I. Pág. 92171
5. Desde la entrada en vigor de la presente disposición, el Gobierno de
Navarra creará y publicará en este espacio toda la documentación de interés, sin
perjuicio del plazo para la habilitación del sistema integral de información.
6. Las unidades responsables de los proyectos garantizarán que la
información publicada sea fiable, correcta, íntegra y accesible, para lo cual se
ofrecerá en formato de datos abiertos y reutilizables.
7. La información que deba ser publicada en este espacio se recogerá en el
plazo máximo de un mes desde su elaboración o aprobación por el órgano
competente, si procede.
8. El Gobierno de Navarra garantizará los recursos necesarios para que se
pueda cumplir lo previsto en la presente disposición.»
Disposición adicional única. Plazo para la habilitación del sistema integral de
información.
En el plazo de 6 meses a contar desde la entrada en vigor de la presente ley foral se
habilitará en el Portal del Gobierno Abierto del Gobierno de Navarra el espacio al que se
refiere el artículo único.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de
Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de
S.M. el Rey, esta Ley Foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de
Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las
autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 30 de junio de 2021.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra,
María Chivite Navascués.
cve: BOE-A-2021-12828
Verificable en https://www.boe.es
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 163, de 14 de julio de 2021)
https://www.boe.es
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