III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Convenios. (BOE-A-2021-12777)
Resolución de 21 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Villablino, para el desarrollo del programa de formación abierta "Aula Mentor".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180
Jueves 29 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 91876
gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Villablino ni para el del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Villablino:
– Formalizar el ingreso en tesorería del Ayuntamiento de Villablino de los pagos por
matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida
con el Ayuntamiento de Villablino ascenderá a 504 euros y un máximo de 48.000 euros,
ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Villablino en las aplicaciones
presupuestarias 3121 «tasa aula mentor».
– Asumir la compensación económica de los tutores recogida en el acuerdo de
colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en concepto
de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la recaudación
recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en base a los
informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este
cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, que será
imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Villablino en la aplicación
presupuestaria 334.226091 «actividades culturales».
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 200 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Villablino, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo del contrato del responsable o administrador del Aula Mentor del
Ayuntamiento de Villablino, que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año
(incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 9.900 euros/año
que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Villablino.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información del Ayuntamiento de Villablino necesaria para elaborar la memoria
anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la económica.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir cinco informes económicos anuales al Ayuntamiento de Villablino indicando
el número de alumnos tutorizados en ese periodo, para que dicha entidad proceda al
pago de los costes tutoriales correspondientes.
Duración del Convenio.
El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal al que se refiere la disposición
adicional séptima mencionada en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, previo a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado». A partir de que el convenio sea eficaz,
tendrá una vigencia de cuatro (4) años, prorrogables por un período sucesivo de igual
duración mediante acuerdo expreso de las Partes, siempre y cuando sea convenido con,
al menos, un mes de antelación a su finalización.
Quinta. Modificación y extinción del Convenio.
Cualquiera de las Partes podrá proponer la modificación del convenio, en cualquier
momento, para introducir las modificaciones que se estimen pertinentes. Toda
modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes. De
producirse la modificación del clausulado aquí reflejado, los correspondientes cambios
cve: BOE-A-2021-12777
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.
Núm. 180
Jueves 29 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 91876
gasto alguno ni para el presupuesto del Ayuntamiento de Villablino ni para el del
Ministerio de Educación y Formación Profesional.
En virtud de este convenio, los firmantes adquieren los siguientes compromisos
económicos:
Por parte del Ayuntamiento de Villablino:
– Formalizar el ingreso en tesorería del Ayuntamiento de Villablino de los pagos por
matrícula correspondientes al alumnado del Aula Mentor. La cantidad mínima establecida
con el Ayuntamiento de Villablino ascenderá a 504 euros y un máximo de 48.000 euros,
ingresados en el presupuesto del Ayuntamiento de Villablino en las aplicaciones
presupuestarias 3121 «tasa aula mentor».
– Asumir la compensación económica de los tutores recogida en el acuerdo de
colaboración que estos mantienen con el Ministerio de Educación y Formación
Profesional, en concepto de impartición de cursos, realizando la retención en concepto
de IRPF que la normativa tenga establecida. Dicho pago procederá de la recaudación
recibida en concepto de matrícula y se ejecutará en 5 periodos anuales en base a los
informes de gasto emitidos por el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Este
cargo será como mínimo de 400 euros/año y un máximo de 37.860 euros/año, que será
imputado al presupuesto de gastos del Ayuntamiento de Villablino en la aplicación
presupuestaria 334.226091 «actividades culturales».
– Asumir los gastos de mantenimiento del Aula Mentor, que serán como mínimo
de 200 euros y un máximo de 500 euros al año y se imputarán al presupuesto de gastos
del Ayuntamiento de Villablino, derivado de los ingresos de la matrícula.
– Hacerse cargo del contrato del responsable o administrador del Aula Mentor del
Ayuntamiento de Villablino, que implicará una cantidad mínima de 1.650 euros al año
(incluyendo impuestos y seguridad social) y una cantidad máxima de 9.900 euros/año
que se imputará al presupuesto de gasto de personal del Ayuntamiento de Villablino.
– Remitir a la Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la
Vida la información del Ayuntamiento de Villablino necesaria para elaborar la memoria
anual del programa Aula Mentor, una de cuyas dimensiones es la económica.
Por parte del Ministerio de Educación y Formación Profesional a través de la
Subdirección General de Orientación y Aprendizaje a lo largo de la Vida:
– Remitir cinco informes económicos anuales al Ayuntamiento de Villablino indicando
el número de alumnos tutorizados en ese periodo, para que dicha entidad proceda al
pago de los costes tutoriales correspondientes.
Duración del Convenio.
El presente convenio se perfeccionará por la prestación del consentimiento de las
partes y resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e
Instrumentos de Cooperación del sector público estatal al que se refiere la disposición
adicional séptima mencionada en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, previo a su
publicación en el «Boletín Oficial del Estado». A partir de que el convenio sea eficaz,
tendrá una vigencia de cuatro (4) años, prorrogables por un período sucesivo de igual
duración mediante acuerdo expreso de las Partes, siempre y cuando sea convenido con,
al menos, un mes de antelación a su finalización.
Quinta. Modificación y extinción del Convenio.
Cualquiera de las Partes podrá proponer la modificación del convenio, en cualquier
momento, para introducir las modificaciones que se estimen pertinentes. Toda
modificación del contenido del convenio requerirá acuerdo unánime de los firmantes. De
producirse la modificación del clausulado aquí reflejado, los correspondientes cambios
cve: BOE-A-2021-12777
Verificable en https://www.boe.es
Cuarta.