III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-12812)
Resolución de 20 de julio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por la que se publica el Convenio con la Agencia Catalana del Consumo y el Ayuntamiento de Barcelona, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Barcelona.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 180

Jueves 29 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 92086

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CONSUMO
12812

Resolución de 20 de julio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por
la que se publica el Convenio con la Agencia Catalana del Consumo y el
Ayuntamiento de Barcelona, para la constitución de la Junta Arbitral de
Consumo del Ayuntamiento de Barcelona.

Suscrito entre el Ministerio de Consumo, la Agencia Catalana del Consumo de la
Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona, en fecha 19 de julio de 2021,
Convenio para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de
Barcelona, que figura como anexo a esta resolución, procede su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 20 de julio de 2021.–La Directora General de Consumo, Bibiana Medialdea
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo, la Agencia Catalana del Consumo de la
Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona, para la constitución de la
Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Barcelona

De una parte, doña Bibiana Medialdea García, Directora General de Consumo, de
acuerdo con el nombramiento efectuado por Real Decreto 224/2020, de 29 de enero, por
delegación de competencias del Ministro de Consumo, efectuada mediante Orden
CSM/940/2020, de 6 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de
créditos para gastos y de delegación de competencias.
De otra parte, don Francesc Sutrias i Grau, Director de la Agencia Catalana del
Consumo de la Generalitat de Cataluña, por nombramiento efectuado por el Gobierno de
la Generalitat de Cataluña, mediante Decreto 103/2021, de 1 de junio, y en virtud de lo
dispuesto en la Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de creación de la Agencia Catalana del
Consumo. La suscripción de este Convenio se ha autorizado por acuerdo del Gobierno,
de conformidad con el artículo 26.k) de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la
Presidencia de la Generalitat y del Gobierno, en relación con el artículo 175.1 del
Estatuto de Cataluña.
Y de otra, doña Montserrat Ballarín Espuña, Concejal de Comercio, Mercados,
Consumo, Régimen Interior y Hacienda del Ayuntamiento de Barcelona, por delegación
de la Alcaldía según Decreto S1/D/2019-2421, de 21 de noviembre de 2019, (publicado
en la Gaceta Municipal de fecha 25/11/2019) y facultada para la firma de este convenio
por acuerdo de la Comisión de Gobierno adoptado en la sesión de fecha 29 de abril
de 2021.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo,
de la Comunidad Autónoma de Cataluña y del Ayuntamiento de Barcelona.

cve: BOE-A-2021-12812
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