II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-12666)
Resolución 400/38299/2021, de 23 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para acceso, por el sistema general de acceso libre y estabilización del empleo temporal, a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Celador/a en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179
Miércoles 28 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 90966
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.
5.2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se derivan del nombramiento.
5.3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
5.4 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
con carácter firme, para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la
correspondiente profesión.
En caso de los nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado, por sanción o
pena o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria para el
ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado ni
haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o
servicios públicos.
5.5 No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe,
como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.
5.6 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de
enero de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y
actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la
agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y
explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
5.7 Tasas: Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos
aspirantes que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la
base 7.6 de esta convocatoria.
Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en
el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad (BOE de 13 de junio).
Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la
participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad,
acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de
cve: BOE-A-2021-12666
Verificable en https://www.boe.es
6.
Núm. 179
Miércoles 28 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 90966
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.
5.2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se derivan del nombramiento.
5.3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
5.4 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
con carácter firme, para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la
correspondiente profesión.
En caso de los nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado, por sanción o
pena o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria para el
ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado ni
haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o
servicios públicos.
5.5 No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe,
como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.
5.6 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de
enero de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley
de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y
actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la
agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y
explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
5.7 Tasas: Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos
aspirantes que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la
base 7.6 de esta convocatoria.
Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior al 33
por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en
el formulario de solicitud las adaptaciones y los ajustes razonables de tiempos y medios
oportunos de las pruebas del proceso selectivo.
Con este fin, el Tribunal aplicará las adaptaciones de tiempos previstas en la Orden
PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo
público de personas con discapacidad (BOE de 13 de junio).
Los interesados deberán formular la petición correspondiente al solicitar la
participación en la convocatoria. Igualmente, deberán aportar el Dictamen Técnico
Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad,
acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s que hayan dado origen al grado de
cve: BOE-A-2021-12666
Verificable en https://www.boe.es
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