II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2021-12665)
Resolución 400/38298/2021, de 22 de julio, de la Subsecretaría, por la que se convocan procesos selectivos para acceso, por el sistema general de acceso libre y estabilización del empleo temporal, a la condición de personal estatutario fijo, en plazas de la categoría de Técnico/a Superior Especialista en la Red Hospitalaria de la Defensa.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179
Miércoles 28 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 90927
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes
requisitos generales de participación:
5.1
Nacionalidad.
5.1.1 Tener la nacionalidad española.
5.1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de
condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.
6.
Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en
cve: BOE-A-2021-12665
Verificable en https://www.boe.es
5.2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se derivan del nombramiento.
5.3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
5.4 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
con carácter firme, para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la
correspondiente profesión.
En caso de los nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado, por sanción o
pena o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria para el
ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado ni
haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o
servicios públicos.
5.5 No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe,
como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.
5.6 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil
y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las
profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no
haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos.
5.7 Tasas. Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos
aspirantes que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la
base 7.6 de esta convocatoria.
Núm. 179
Miércoles 28 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 90927
solicitudes y mantener hasta el momento de la toma de posesión, los siguientes
requisitos generales de participación:
5.1
Nacionalidad.
5.1.1 Tener la nacionalidad española.
5.1.2 También podrán participar, como personal estatutario, en igualdad de
condiciones que los españoles a los empleos públicos:
a) Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.
b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de
la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados
de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes
menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados
Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea
de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Los aspirantes no residentes en España incluidos en el apartado b), así como los
extranjeros incluidos en el apartado c), deberán acompañar a su solicitud, documento
que acredite las condiciones que se alegan.
6.
Acceso de personas con discapacidad
6.1 Quienes opten a las plazas reservadas para las personas con discapacidad
deberán acreditar que cuentan con un grado de discapacidad igual o superior
al 33 por 100 y habrán de expresarlo en el formulario de solicitud de participación en el
proceso selectivo.
6.2 Las personas que, como consecuencia de su discapacidad, presenten
especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán requerir en
cve: BOE-A-2021-12665
Verificable en https://www.boe.es
5.2 Capacidad. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las funciones
que se derivan del nombramiento.
5.3 Edad. Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder, en su caso, de la edad
máxima de jubilación forzosa.
5.4 Habilitación. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del
servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos
Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado
con carácter firme, para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la
correspondiente profesión.
En caso de los nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado, por sanción o
pena o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria para el
ejercicio profesional o para acceso a funciones o servicios públicos en su Estado ni
haber sido separado por sanción disciplinaria, de alguna de sus Administraciones o
servicios públicos.
5.5 No poseer plaza en propiedad en la categoría/especialidad en la que participe,
como personal estatutario fijo, cualquiera que sea su situación administrativa.
5.6 De conformidad con el artículo 13, párrafo 5, de la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero de Protección Jurídica del menor, de modificación parcial del Código Civil
y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, es requisito para el acceso y ejercicio a las
profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no
haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos.
5.7 Tasas. Haber abonado las tasas de la presente convocatoria, salvo aquellos
aspirantes que estén exentos legal o reglamentariamente, según se establece en la
base 7.6 de esta convocatoria.