III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Convenio. (BOE-A-2021-12685)
Resolución de 21 de julio de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de trabajos de control por monitorización en las campañas 2021 y 2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 179

Miércoles 28 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 91038

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
12685

Resolución de 21 de julio de 2021, del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia, para la realización de trabajos de control por
monitorización en las campañas 2021 y 2022.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del
Estado» del Convenio suscrito entre el Presidente del Fondo Español de Garantía
Agraria O.A. y el Consejero de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la realización de trabajos de
control por monitorización en las campañas 2021 y 2022, que figura como anexo a esta
resolución.
Madrid, 21 de julio de 2021.–El Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria,
O.A., Miguel Ángel Riesgo Pablo.
ANEXO
Convenio entre el Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. y la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia para la realización de trabajos de control
por monitorización en las campañas 2021 y 2022
En Madrid, a 19 de julio de 2021.

De una parte, don Miguel Ángel Riesgo Pablo, en representación del Fondo Español
de Garantía Agraria, O.A. (en adelante FEGA), organismo autónomo adscrito al
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Actúa en su condición de Presidente del
mismo, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 767/2018, de 29 de junio,
(BOE núm. 158, de 30 de junio de 2018), en el ejercicio de la facultad para celebrar
convenios que le confieren el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, y el artículo 4.2.f del Estatuto del FEGA, aprobado
por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre.
Y, de otra parte, don Antonio Luengo Zapata, Consejero de Agua, Agricultura,
Ganadería, Pesca y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia
(en adelante la Comunidad Autónoma), cargo para el que fue nombrado por Decreto de
la Presidencia 36/2019, de 31 de julio (BORM núm. 176, de 1 de agosto de 2019).
Interviene en el ejercicio de las facultades para celebrar convenios que le confiere la
Ley 7/2004 de 28 de diciembre de la Organización y Régimen Jurídico de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia, previa autorización del Consejo de Gobierno
acordado en la sesión celebrada el 25 de junio de 2021, en virtud del artículo 22.18 de la
Ley 6/2004, de 28 de diciembre, del Estatuto del Presidente y del Consejo de Gobierno
de la Región de Murcia.

cve: BOE-A-2021-12685
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