III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Organización Nacional de Ciegos Españoles. Juegos. (BOE-A-2021-12596)
Resolución de 16 de julio de 2021, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el calendario de los productos de las tres modalidades de lotería de las que es titular la Organización Nacional de Ciegos Españoles, para el tercer trimestre del año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Martes 27 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 90654
7.13 Desde el 21 de julio, productos «Con mecánica uno o varios números iguales
de cinco sobre doce» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Números iguales 8», que se
rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2021-14 del Reglamento.
8.
Productos con un precio por boleto de diez euros (10 €)
8.1 Productos «Con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 2,
con el nombre «Mega Millonario electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el
apéndice E-2018-02 del Reglamento.
8.2 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades»
a diez euros, clase 1, con el nombre «Súper colores ganadores», que se rigen por lo
dispuesto en el apéndice E-2018-06 del Reglamento.
8.3 Productos «Tres áreas de juego y tres mecánicas» a diez euros, clase 1, con el
nombre «Números iguales 6», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2021-12.
E.
Asignación de premios de sorteos anteriores
La cuantía de los premios no repartidos que esté pendiente de asignación por parte
de la ONCE a los productos en que tal posibilidad esté contemplada
reglamentariamente, se determinará en la página web oficial de juego de la ONCE:
www.juegosonce.es, en el apartado «asignación de premios de sorteos anteriores» de la
página de inicio. Estas cantidades de premios pendientes de repartir se acumularán a
aquellas categorías de premios de los sorteos posteriores en los que tal posibilidad esté
contemplada por su normativa específica reguladora, en el importe y categoría de
premios que se decida por la ONCE. Tal circunstancia se indicará en la citada página
web, con carácter previo y con antelación suficiente a la celebración del sorteo
correspondiente.
F. Vigencia de la Resolución relativa al calendario de las modalidades y
productos de lotería autorizados a la ONCE para el tercer trimestre de 2021
Esta Resolución tendrá vigencia durante los meses de julio, agosto y septiembre
de 2021.
G. Reglamentos Reguladores
1. Los sorteos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE» se
regirán, además de por la presente Resolución, por el Reglamento regulador de los
productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE», aprobado por el
Consejo General de la ONCE el 18 de abril de 2018 y publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» de 22 de junio de 2018 mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad de 17 de mayo de 2018, modificado por el siguiente
acuerdo:
2. El Sorteo extraordinario del Cupón de 15 de agosto de 2021 se regirá por el
Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 17 de marzo de 2021 publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» el 6 de julio de 2021, mediante Resolución de la Secretaría
de Estado de Derechos Sociales de 22 de junio de 2021.
3. Los sorteos de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego
activo de la ONCE» se regirán por la presente Resolución y por el Reglamento regulador
de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego Activo de la ONCE»
aprobado por el Consejo General de la ONCE el 17 de octubre de 2018 y publicado en el
cve: BOE-A-2021-12596
Verificable en https://www.boe.es
Acuerdo de 17 de octubre de 2018 del Consejo General de la ONCE publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» el 11 de diciembre de 2018, mediante Resolución de la
Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 13 de noviembre de 2018.
Núm. 178
Martes 27 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 90654
7.13 Desde el 21 de julio, productos «Con mecánica uno o varios números iguales
de cinco sobre doce» a cinco euros, clase 1, con el nombre «Números iguales 8», que se
rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2021-14 del Reglamento.
8.
Productos con un precio por boleto de diez euros (10 €)
8.1 Productos «Con cuatro áreas de juego y dos mecánicas» a diez euros, clase 2,
con el nombre «Mega Millonario electrónico», que se rigen por lo dispuesto en el
apéndice E-2018-02 del Reglamento.
8.2 Productos «Con mecánica reúne varias piezas iguales en siete oportunidades»
a diez euros, clase 1, con el nombre «Súper colores ganadores», que se rigen por lo
dispuesto en el apéndice E-2018-06 del Reglamento.
8.3 Productos «Tres áreas de juego y tres mecánicas» a diez euros, clase 1, con el
nombre «Números iguales 6», que se rigen por lo dispuesto en el apéndice E-2021-12.
E.
Asignación de premios de sorteos anteriores
La cuantía de los premios no repartidos que esté pendiente de asignación por parte
de la ONCE a los productos en que tal posibilidad esté contemplada
reglamentariamente, se determinará en la página web oficial de juego de la ONCE:
www.juegosonce.es, en el apartado «asignación de premios de sorteos anteriores» de la
página de inicio. Estas cantidades de premios pendientes de repartir se acumularán a
aquellas categorías de premios de los sorteos posteriores en los que tal posibilidad esté
contemplada por su normativa específica reguladora, en el importe y categoría de
premios que se decida por la ONCE. Tal circunstancia se indicará en la citada página
web, con carácter previo y con antelación suficiente a la celebración del sorteo
correspondiente.
F. Vigencia de la Resolución relativa al calendario de las modalidades y
productos de lotería autorizados a la ONCE para el tercer trimestre de 2021
Esta Resolución tendrá vigencia durante los meses de julio, agosto y septiembre
de 2021.
G. Reglamentos Reguladores
1. Los sorteos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE» se
regirán, además de por la presente Resolución, por el Reglamento regulador de los
productos de la modalidad de lotería denominada «Cupón de la ONCE», aprobado por el
Consejo General de la ONCE el 18 de abril de 2018 y publicado en el «Boletín Oficial del
Estado» de 22 de junio de 2018 mediante Resolución de la Secretaría de Estado de
Servicios Sociales e Igualdad de 17 de mayo de 2018, modificado por el siguiente
acuerdo:
2. El Sorteo extraordinario del Cupón de 15 de agosto de 2021 se regirá por el
Acuerdo del Consejo General de la ONCE de 17 de marzo de 2021 publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» el 6 de julio de 2021, mediante Resolución de la Secretaría
de Estado de Derechos Sociales de 22 de junio de 2021.
3. Los sorteos de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego
activo de la ONCE» se regirán por la presente Resolución y por el Reglamento regulador
de los productos de la modalidad de lotería denominada «Juego Activo de la ONCE»
aprobado por el Consejo General de la ONCE el 17 de octubre de 2018 y publicado en el
cve: BOE-A-2021-12596
Verificable en https://www.boe.es
Acuerdo de 17 de octubre de 2018 del Consejo General de la ONCE publicado en el
«Boletín Oficial del Estado» el 11 de diciembre de 2018, mediante Resolución de la
Secretaría de Estado de Servicios Sociales de 13 de noviembre de 2018.