II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Personal de administración y servicios. (BOE-A-2021-12586)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Universitat Politècnica de València, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso, por el sistema de concurso-oposición y proceso de estabilización de empleo, a la Escala Administrativa, Subgrupo C1.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178
Martes 27 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 90572
Para el Grupo B:
El requisito de acceso será el de Ciclo Formativo de Grado Superior, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria oficial de nivel superior con 2 puntos.
– Cualquier otra titulación de ciclo formativo de grado superior, adicional y distinta a
la empleada para el acceso; con 0,5 puntos
Para el Grupo C, Subgrupo C1:
El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio, y
este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 2 puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con 0,5 puntos
Para el Grupo C, Subgrupo C2:
El requisito de acceso será el de Educación Secundaria Obligatoria, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 2 puntos.
Conocimiento de Valenciano
Se valorará hasta un máximo de 2 puntos, siempre que se acredite estar en posesión
del pertinente certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements del
Valencià o expedido por el Servei de Normalització Lingüística de la Universitat
Politècnica de València o aquellos certificados que constan en el anexo II de la
Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y
Deporte, con arreglo a la escala que a continuación se indica, valorándose en caso de
estar en posesión de dos o más niveles, únicamente el de mayor nivel:
Nivel: Puntuación:
C2
2
C1
1,6
B2
1,2
B1
0,8
A2
0,4
En aquellas plazas en que figure como requisito específico para su acceso un
determinado nivel de conocimiento de valenciano únicamente serán considerados los
superiores a éste. Http://www.upv.es/entidades/SPNL/info/criterisequivalencies2019.pdf.
Se valorará el conocimiento de las lenguas oficiales que a continuación se relacionan
hasta un máximo de 2 puntos, se reconocerán como acreditados de la capacitación
lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras, los títulos, diplomas y certificados
expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las Universidades españolas
acreditadas por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior
(CertAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia lingüística,
pudiéndose acceder a dicha información a través del enlace siguiente: Https://
cdl.upv.es/el-centro/normativa.
cve: BOE-A-2021-12586
Verificable en https://www.boe.es
Conocimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea
Núm. 178
Martes 27 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 90572
Para el Grupo B:
El requisito de acceso será el de Ciclo Formativo de Grado Superior, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria oficial de nivel superior con 2 puntos.
– Cualquier otra titulación de ciclo formativo de grado superior, adicional y distinta a
la empleada para el acceso; con 0,5 puntos
Para el Grupo C, Subgrupo C1:
El requisito de acceso será el de Bachillerato o Ciclo Formativo de Grado Medio, y
este apartado se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 2 puntos.
– Cualquier otra titulación de bachillerato o ciclo formativo de grado medio, adicional
y distinta a la empleada para el acceso; con 0,5 puntos
Para el Grupo C, Subgrupo C2:
El requisito de acceso será el de Educación Secundaria Obligatoria, y este apartado
se puntuará:
– Cualquier titulación universitaria o académica oficial de nivel superior con 2 puntos.
Conocimiento de Valenciano
Se valorará hasta un máximo de 2 puntos, siempre que se acredite estar en posesión
del pertinente certificado expedido por la Junta Qualificadora de Coneixements del
Valencià o expedido por el Servei de Normalització Lingüística de la Universitat
Politècnica de València o aquellos certificados que constan en el anexo II de la
Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y
Deporte, con arreglo a la escala que a continuación se indica, valorándose en caso de
estar en posesión de dos o más niveles, únicamente el de mayor nivel:
Nivel: Puntuación:
C2
2
C1
1,6
B2
1,2
B1
0,8
A2
0,4
En aquellas plazas en que figure como requisito específico para su acceso un
determinado nivel de conocimiento de valenciano únicamente serán considerados los
superiores a éste. Http://www.upv.es/entidades/SPNL/info/criterisequivalencies2019.pdf.
Se valorará el conocimiento de las lenguas oficiales que a continuación se relacionan
hasta un máximo de 2 puntos, se reconocerán como acreditados de la capacitación
lingüística y comunicativa en lenguas extranjeras, los títulos, diplomas y certificados
expedidos por las Escuelas Oficiales de Idiomas, por las Universidades españolas
acreditadas por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior
(CertAcles), así como los indicados en la normativa vigente en materia lingüística,
pudiéndose acceder a dicha información a través del enlace siguiente: Https://
cdl.upv.es/el-centro/normativa.
cve: BOE-A-2021-12586
Verificable en https://www.boe.es
Conocimiento de lenguas oficiales de la Unión Europea