V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-34173)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Oriental sobre la Resolución del Subdirector General de Explotación, P. D. del Director General de Carreteras (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), de 02 de julio de 2021 por la que se aprueba provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y Establecimiento de línea límite de edificación en la MA-22 desde el p.k. 2+000 "el Pato" PAM-LO.2 (97) hasta el final, p.k. 4+350, glorieta de Antonio Molina. T.M. Málaga.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 178

Martes 27 de julio de 2021

Sec. V-B. Pág. 45872

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA

34173

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía
Oriental sobre la Resolución del Subdirector General de Explotación, P.
D. del Director General de Carreteras (Orden FOM/1644/2012, de 23 de
julio), de 02 de julio de 2021 por la que se aprueba provisionalmente el
Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y Establecimiento de línea
límite de edificación en la MA-22 desde el p.k. 2+000 "el Pato" PAMLO.2 (97) hasta el final, p.k. 4+350, glorieta de Antonio Molina. T.M.
Málaga.

Con fecha 2 de Julio de 2021 el Subdirector General de Explotación, P. D. del
Director General de Carreteras (Orden FOM/1644/2012, de 23 de julio), ha
resuelto:
- Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y
Establecimiento de línea límite de edificación en la MA-22 entre desde el p.k.
2+000 "el Pato" PAM-LO.2 (97) hasta el final, p.k. 4+350, glorieta de Antonio
Molina. T.M. Málaga, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/
2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:
· Delimitar como tramo urbano el tramo entre los p.k 2+000 y 4+350.
· Fijar, para el tramo urbano establecido en el punto anterior, la línea límite de
edificación, en consonancia con las Ordenanzas de las Normas Urbanísticas y los
Planos de Ordenación del PGOU del municipio de Málaga, según los planos
anexos.
· Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, a 3 metros medidos
horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación de la
MA-22, que de acuerdo con el art. 29.2 de la Ley 37/2015, coincidirá, en donde
exista, con el bordillo del tronco de la MA-22.
· Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, a 8 metros medidos
horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación de la
MA-22, que de acuerdo con el art. 29.2 de la Ley 37/2015, coincidirá, en donde
exista, con el bordillo del tronco de la MA-22.
- Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano según el procedimiento
establecido en el artículo 48 de la ley de carreteras, lo cual supone:

· Someter a información pública el Estudio, por un plazo de 30 días hábiles,
anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado y en el Excmo. Ayuntamiento Málaga
a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular alegaciones sobre la
repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de
autorizaciones, infracciones y sanciones.
En consecuencia, de acuerdo con lo ordenado por el Director General de
Carreteras, conforme al artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de
Carreteras, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones

cve: BOE-B-2021-34173
Verificable en https://www.boe.es

· Notificar el Estudio a la Junta de Andalucía y al Excmo. Ayuntamiento de
Málaga a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.