V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2021-34082)
Resolución de la Delegación del Gobierno en Granada por la que se declara, en concreto la utilidad pública del "Proyecto de ejecución planta solar fotovoltaica Watt Colomera 19,06MW" y con fecha 2 de abril de 2019 presenta "Proyecto de ejecución Línea Aérea de 30kV y 7 km entre subestación Watt Colomera-Pinos Puente y Centro de reparto de FV Watt Colomera", en los tt.mm. Pinos Puente, Colomera, Moclín y Atarfe en la provincia de Granada.. Exp. Núm. 13.853/AT E 2489.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Lunes 26 de julio de 2021

Sec. V-B. Pág. 45655

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COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

34082

Resolución de la Delegación del Gobierno en Granada por la que se
declara, en concreto la utilidad pública del "Proyecto de ejecución
planta solar fotovoltaica Watt Colomera 19,06MW" y con fecha 2 de
abril de 2019 presenta "Proyecto de ejecución Línea Aérea de 30kV y 7
km entre subestación Watt Colomera-Pinos Puente y Centro de reparto
de FV Watt Colomera", en los tt.mm. Pinos Puente, Colomera, Moclín y
Atarfe en la provincia de Granada.. Exp. Núm. 13.853/AT E 2489.

Vista las solicitudes formuladas por la empresa Watt Development SPV 4, S.L.
y visto lo actuado hasta la fecha se resuelve conforme a los Antecedentes de
Hecho y Fundamentos de Derecho que siguen:
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Conforme a lo previsto en el art. 17 de la Ley de Expropiación
Forzosa se sometió a información pública por esta Delegación del Gobierno en
Granada la solicitud de reconocimiento en concreto de la utilidad pública de los
proyectos de ejecución del "Proyecto de ejecución planta solar fotovoltaica Watt
Colomera 19,06MW" y "Proyecto de ejecución Línea Aérea de 30kV y 7km entre
subestación Watt Colomera-Pinos Puente y Centro de reparto de FV Watt
Colomera", en los tt.mm. Pinos Puente, Colomera, Moclín y Atarfe en la provincia
de Granada.
SEGUNDO. Dicho anuncio ha sido publicado en el BOE de 10 de noviembre
de 2020, BOJA de 9 de noviembre de 2020 y en el BOP de Granada de fecha 11
de noviembre de 2020 sin que conste la presentación de alegaciones.
A los anteriores Hechos le son de aplicación los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

SEGUNDO.- El procedimiento para la declaración en concreto de la utilidad
pública de las instalaciones eléctricas está regulada en el Capítulo V de Título VII
del Real Decreto 1955/2000 por el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, y de conformidad con lo establecido en los
artículos 54 al 59 de la Ley 24/2013 del Sector Eléctrico la declaración de utilidad
pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los
derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52

cve: BOE-B-2021-34082
Verificable en https://www.boe.es

PRIMERO. Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en
Granada es competente para aprobar la declaración de utilidad pública, según lo
dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía aprobado
por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley 9/2007 de 22
de octubre de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del
Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, que modifica el Decreto 2/2019, de la
Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, Decreto 116/20200, de 8
de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Hacienda y Financiación Europea, Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se
regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía, modificado por el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, todo ello en
relación al artículo 20 y ss. de la Ley de Expropiación Forzosa.