II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura. (BOE-A-2021-12462)
Resolución de 6 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en la Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos de Organismos Autónomos del Ministerio de Cultura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Lunes 26 de julio de 2021

Sec. II.B. Pág. 89715

d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan
sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo
acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la
que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga
relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
8.10 El abono de los derechos de examen o, en su caso, la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo deberá
hacerse dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario se procederá
a la exclusión del aspirante.
En ningún caso, el pago de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de exención total o parcial del mismo, supondrá la
sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación
en el proceso selectivo.
8.11 Los aspirantes que se encuentren en los siguientes supuestos deberán
presentar la siguiente documentación adicional:
a) Los aspirantes con discapacidad que soliciten adaptaciones o ajustes razonables
de tiempos y medios para la realización de los ejercicios y pruebas del proceso selectivo,
deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de
calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente la/s deficiencia/s
permanente/s que hayan dado origen al grado de discapacidad reconocido, para que el
tribunal pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
b) Los aspirantes extranjeros incluidos en los párrafos a), b) y c) de la base
décima 1.2 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, deberán acompañar a su solicitud
los documentos que acrediten las condiciones que aleguen sobre su nacionalidad.
c) Aquellos aspirantes que tengan la condición de funcionarios españoles en
organismos internacionales presentarán los certificados y documentos previstos en la
base decimotercera de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
8.12 En cumplimiento de la normativa de protección de datos personales, los datos
serán incorporados al tratamiento denominado «Recursos Humanos» cuyo responsable
es la Subsecretaría de Cultura y Deporte. Los datos personales recogidos en la solicitud
de admisión serán tratados con la única finalidad de gestionar las pruebas selectivas y
las comunicaciones necesarias para ello.
Los aspirantes podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y
portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser
objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos
personales, cuando procedan, en la sede electrónica del Ministerio, presencialmente en
las oficinas de registro o por correo postal.
Se puede consultar la información adicional sobre protección de datos en el portal del
Ministerio de Cultura y Deporte (https://www.culturaydeporte.gob.es), apartado
«Servicios al ciudadano > Protección de datos > Transparencia e Información.
Embarazo de riesgo o parto

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de
embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación quedará condicionada
a la finalización de aquel y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas,
sin que estas puedan demorarse de manera que se menoscabe el derecho de los demás
aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá
ser valorado por el tribunal y, en todo caso, la realización de aquellas tendrá lugar antes
de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

cve: BOE-A-2021-12462
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