III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-12532)
Resolución de 20 de julio de 2021, del Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofía, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid, para la promoción turística de la Comunidad de Madrid y de sus enclaves Patrimonio Mundial de la Unesco, en el marco de la celebración de la exposición temporal "Vivian Suter" en el Palacio de Velázquez durante el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177
Lunes 26 de julio de 2021
Duodécima.
Sec. III. Pág. 90376
Protección de datos de carácter personal y transparencia.
12.1 Las partes quedan obligadas al cumplimiento del Reglamento General de
Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El acceso por una de las partes a los datos de carácter personal en poder de la otra, se
hará con el consentimiento del interesado o en todo caso concurriendo causa de licitud del
tratamiento, conforme a la normativa indicada en el párrafo anterior, y se hará conforme a
las instrucciones del cedente y no los aplicará o utilizará con un fin distinto al objeto del
Convenio, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
Las partes informan a los firmantes del Convenio de que sus datos de carácter
personal van a ser tratados con la finalidad estipulada en el Convenio, siendo
imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que ostentan,
número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el
mantenimiento y cumplimiento del Convenio.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los firmantes es la
celebración y ejecución del Convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la
identidad de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho
nombramiento les sea de aplicación.
Los datos serán conservados durante la vigencia del Convenio y una vez finalizado,
durante los plazos establecidos en la legislación vigente con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de su firma. En todo caso, los interesados podrán
ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación,
portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al
domicilio social del Responsable aportando fotocopia de su DNI o documento
equivalente e identificando el derecho cuyo ejercicio se solicita. Asimismo, en caso de
considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer
una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
12.2 El presente Convenio se podrá poner a disposición de los ciudadanos, en
aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el
presente Convenio.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofia, el Director,
Manuel Borja-Villel.–Por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, la Consejera,
Marta Rivera de la Cruz.
cve: BOE-A-2021-12532
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de
asistencia jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado, con fecha de 17 de junio de 2021, por la Secretaría de
Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda, con fecha de 29 de junio de 2021, y por el Ministerio de
Política Territorial y Función Pública, con fecha de 17 de junio de 2021, y autorizado por el Ministerio de Hacienda el 2
de julio de 2021.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 177
Lunes 26 de julio de 2021
Duodécima.
Sec. III. Pág. 90376
Protección de datos de carácter personal y transparencia.
12.1 Las partes quedan obligadas al cumplimiento del Reglamento General de
Protección de Datos (Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo,
de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se
deroga la Directiva 95/46/CE) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El acceso por una de las partes a los datos de carácter personal en poder de la otra, se
hará con el consentimiento del interesado o en todo caso concurriendo causa de licitud del
tratamiento, conforme a la normativa indicada en el párrafo anterior, y se hará conforme a
las instrucciones del cedente y no los aplicará o utilizará con un fin distinto al objeto del
Convenio, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas.
Las partes informan a los firmantes del Convenio de que sus datos de carácter
personal van a ser tratados con la finalidad estipulada en el Convenio, siendo
imprescindible para ello que se aporten sus datos identificativos, el cargo que ostentan,
número de DNI o documento equivalente y su firma.
Asimismo, las partes garantizan cumplir con el deber de información con respecto a
sus empleados cuyos datos personales sean comunicados entre las partes para el
mantenimiento y cumplimiento del Convenio.
La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos de los firmantes es la
celebración y ejecución del Convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la
identidad de sus Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho
nombramiento les sea de aplicación.
Los datos serán conservados durante la vigencia del Convenio y una vez finalizado,
durante los plazos establecidos en la legislación vigente con la finalidad de atender a las
posibles responsabilidades derivadas de su firma. En todo caso, los interesados podrán
ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición, limitación,
portabilidad ante la parte que corresponda a través de comunicación por escrito al
domicilio social del Responsable aportando fotocopia de su DNI o documento
equivalente e identificando el derecho cuyo ejercicio se solicita. Asimismo, en caso de
considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrán interponer
una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
12.2 El presente Convenio se podrá poner a disposición de los ciudadanos, en
aplicación de lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia,
Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.
Y para que así conste, y en prueba de conformidad de las partes, se firma el
presente Convenio.–Por el Museo Nacional Centro de Arte Reina Sofia, el Director,
Manuel Borja-Villel.–Por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, la Consejera,
Marta Rivera de la Cruz.
cve: BOE-A-2021-12532
Verificable en https://www.boe.es
El presente Convenio ha sido informado favorablemente por la Abogacía del Estado coordinadora del Convenio de
asistencia jurídica MNCARS-Abogacía General del Estado, con fecha de 17 de junio de 2021, por la Secretaría de
Estado de Presupuestos y Gastos del Ministerio de Hacienda, con fecha de 29 de junio de 2021, y por el Ministerio de
Política Territorial y Función Pública, con fecha de 17 de junio de 2021, y autorizado por el Ministerio de Hacienda el 2
de julio de 2021.
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X