III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2021-12494)
Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigesimoctava, de 14 de diciembre de 2018, que ha devenido firme.
Página 1 Pág. 1
1 página en total
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 177

Lunes 26 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 89802

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
12494

Resolución de 2 de julio de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se publica, conforme a lo dispuesto en el
artículo 327 de la Ley Hipotecaria, la sentencia de la Audiencia Provincial de
Madrid, Sección Vigesimoctava, de 14 de diciembre de 2018, que ha
devenido firme.

Conforme a lo establecido en el artículo 327 de la Ley Hipotecaria, esta Dirección
General ha acordado publicar en el «Boletín Oficial del Estado» el fallo de la sentencia
de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Vigesimoctava, de fecha 14 de diciembre
de 2018, que ha devenido firme.
En el recurso de apelación número 448/2017, seguido ante la Audiencia Provincial de
Madrid, Sección Vigesimoctava, interpuesto por la Dirección General de los Registros y
del Notariado, representada por la Abogacía del Estado, contra la sentencia, de fecha 23
de marzo de 2017, dictada en autos de juicio verbal número 45/2016, seguidos ante el
Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, que estimó íntegramente la demanda
presentada por don C. M. L., procurador de los tribunales, en nombre y representación
de «Hidroeléctrica del Cantábrico, S.A.», frente a la Resolución de la Dirección General
de los Registros y del Notariado de fecha 27 de octubre de 2015, por la que se
desestimaba el recurso interpuesto por don J. L. M. M., en nombre y representación y
como apoderado de la citada sociedad demandante, contra la nota de calificación
extendida por el registrador Mercantil Central III, don Antonio García Conesa, por la que
se denegaba determinada reserva de denominación social, con expresa imposición de
las costas a la demandada,
FALLO
En atención a lo expuesto la Sala acuerda:
1. Desestimar el recurso de apelación interpuesto por el abogado del Estado en
representación de la Dirección General de los Registros y del Notariado contra la
sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid que se especifica en los
antecedentes fácticos de la presente resolución.
2. Confirmar íntegramente la resolución recurrida.
3. Imponer a la parte apelante las costas derivadas de su recurso.
Así por esta sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos los magistrados
integrantes de este Tribunal. Don Gregorio Plaza González, don Alberto Arribas
Hernández y don Pedro María Gómez Sánchez, magistrados de la Audiencia Provincial
de Madrid.

cve: BOE-A-2021-12494
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 2 de julio de 2021.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública,
Sofía Puente Santiago.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X