III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Comunidad de Castilla y León. Convenio. (BOE-A-2021-12419)
Resolución 420/38292/2021, de 20 de julio, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Salamanca, sobre materias docentes relacionadas con la seguridad y la defensa para el año 2021.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176

Sábado 24 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 89127

– Dos Profesores titulares.
– Un Administrativo.
c)

Material didáctico: 2.000 euros.

– Fotocopias.
– Material audiovisual de apoyo.
– Campus virtual.
Las aportaciones financieras que se comprometan a realizar las partes no podrán ser
superiores a los gastos derivados de la ejecución del Convenio.
Cuarta.

Medidas de seguimiento, vigilancia y control.

Se constituirá una Comisión Mixta de Seguimiento (Comisión Mixta), mecanismo de
seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos
adquiridos por las partes, cuyos miembros, nombrados por el Rector de la USAL y por el
Director del CESEDEN, serán los siguientes:
a)
b)
c)
USAL.
d)

Un Vicerrector, o bien el Secretario General de la USAL.
El Director del IEEE o persona en quien delegue.
El Director Académico de la Cátedra «Almirante Martin Granizo» por parte de la
Un profesor o analista del IEEE.

Las funciones de la Comisión Mixta serán resolver los problemas de interpretación y
cumplimiento de este Convenio, así como realizar el control y seguimiento de las
actividades que en su aplicación se acuerden, como son:
a) Supervisión, organización y control de detalles de ejecución de las actividades
previstas en el presente Convenio.
b) Proponer las asignaturas y cursos a impartir, junto con la programación
correspondiente y los profesores coordinadores y departamentos responsables de los
mismos.
c) Proponer los temas de investigación de los seminarios, cursos extraordinarios y
los profesores coordinadores y departamentos responsables de los mismos.
d) Proponer el tema de las jornadas, fecha y demás detalles de ejecución.
e) Remitir al Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado, previamente
al comienzo del curso académico, la relación de cursos y asignaturas para las que se
solicita el reconocimiento de créditos.
f) Solventar las controversias que pudiesen surgir en la interpretación del Convenio.
g) Evaluar y, en su caso, aprobar cualquier tipo de gastos no contemplados en
actividades relacionadas con el objeto del Convenio y no reflejadas explícitamente en el
mismo, siempre que no supongan incremento presupuestario.

Quinta.

Medidas para la salvaguarda de la seguridad y de la neutralidad institucional.

Las partes se comprometen a adoptar medidas para limitar, por motivos de seguridad
y Defensa Nacional, el acceso a la información que pueda generarse en las actividades
objeto de este Convenio. En este sentido, se respetará la normativa en vigor sobre
materias clasificadas, seguridad en la información y seguridad militar, así como y la
normativa correspondiente a la ordenación académica y los estatutos de la USAL. En
particular, cada parte mantendrá estrictamente protegida y no divulgará a terceros, la

cve: BOE-A-2021-12419
Verificable en https://www.boe.es

La periodicidad de las reuniones será anual con carácter ordinario coincidiendo con
la finalización de las actividades académicas y cuando se considere necesario, a criterio
de la Comisión Mixta, con carácter extraordinario. Los acuerdos se tomarán por
consenso entre las partes.