III. Otras disposiciones. ENTE PÚBLICO RADIOTELEVISIÓN ESPAÑOLA. Ente Público Radiotelevisión Española. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-12434)
Resolución de 19 de julio de 2021, del Ente Público Radiotelevisión Española en Liquidación, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2020 y el informe de auditoría.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 176
Sábado 24 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 89254
momento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 371.1 de la Ley
de Sociedades de Capital, se declaró abierto el período de liquidación de
ambas Sociedades.
De acuerdo con la Ley 17/2006, de 5 de junio, la actividad de RTVE y sus
sociedades filiales TVE, S.A. y RNE, S.A., una vez iniciado el período de
liquidación, ha consistido en proceder de forma ordenada a la liquidación,
enajenación y extinción, según proceda, de los bienes, derechos y
obligaciones que integran su patrimonio.
Durante dicho proceso, de acuerdo con la Disposición Transitoria quinta de
la referida Ley, el Gobierno deberá proveer a RTVE y a sus dos sociedades
filiales TVE, S.A. y RNE, S.A., de los fondos y recursos necesarios para que
puedan desarrollar de manera ordenada el mencionado proceso de
liquidación patrimonial y puedan cumplir regularmente con las obligaciones
exigibles.
En este sentido, al haber sido prorrogados los presupuestos para el ejercicio
2020, con fecha 13 de marzo de 2020, la Oficina Presupuestaria,
dependiente del Ministerio de Hacienda, comunicó al Ente Público RTVE que
la subvención para el ejercicio 2020 quedaba establecida en 6.000.000
euros.
iv) Relaciones con la Corporación RTVE.
Como se ha mencionado en el apartado ii de esta nota de la memoria, el
personal afectado por el E.R.E. está adscrito a RTVE y hasta su
desvinculación definitiva, prestó sus servicios a la Corporación RTVE y sus
Sociedades, por lo que su coste fue repercutido a éstas, hasta el 31 de
diciembre de 2008, mediante un sistema de facturación mensual.
Teniendo en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/2006,
de 5 de junio, la Corporación RTVE y sus Sociedades filiales, SME TVE y
SME RNE, hoy integradas en su matriz, han continuado con la actividad
hasta entonces realizada por el Ente Público RTVE y que este último se
encarga de determinados derechos y obligaciones pendientes a 31 de
diciembre de 2006, existen algunas operaciones de terceros,
fundamentalmente pagos y cobros, que durante el ejercicio 2020 han sido
realizados por dichos terceros en una sola Sociedad. En aras de realizar una
gestión más operativa y eficaz, estos movimientos han sido registrados en la
Sociedad destinataria y posteriormente distribuidos a la Sociedad titular de
los mismos. Esta circunstancia ha provocado la apertura de cuentas
intersocietarias que a 31 de diciembre de 2020 se encuentran conciliadas.
e) Grupo de Sociedades.
El Ente Público RTVE posee participaciones en sociedades dependientes. Como
consecuencia de ello, RTVE es dominante de un Grupo de sociedades de
acuerdo con la legislación vigente. La presentación de cuentas anuales
cve: BOE-A-2021-12434
Verificable en https://www.boe.es
Por su parte, la Corporación RTVE pone a disposición de RTVE medios
tanto de personal como de utilización de material e infraestructuras, que son
repercutidos al Ente Público RTVE mediante un sistema de facturación
trimestral, calculados en función de consumos reales y costes generales
imputados de acuerdo al sistema de reparto establecido en la contabilidad
analítica de la Corporación RTVE.
Núm. 176
Sábado 24 de julio de 2021
Sec. III. Pág. 89254
momento, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 371.1 de la Ley
de Sociedades de Capital, se declaró abierto el período de liquidación de
ambas Sociedades.
De acuerdo con la Ley 17/2006, de 5 de junio, la actividad de RTVE y sus
sociedades filiales TVE, S.A. y RNE, S.A., una vez iniciado el período de
liquidación, ha consistido en proceder de forma ordenada a la liquidación,
enajenación y extinción, según proceda, de los bienes, derechos y
obligaciones que integran su patrimonio.
Durante dicho proceso, de acuerdo con la Disposición Transitoria quinta de
la referida Ley, el Gobierno deberá proveer a RTVE y a sus dos sociedades
filiales TVE, S.A. y RNE, S.A., de los fondos y recursos necesarios para que
puedan desarrollar de manera ordenada el mencionado proceso de
liquidación patrimonial y puedan cumplir regularmente con las obligaciones
exigibles.
En este sentido, al haber sido prorrogados los presupuestos para el ejercicio
2020, con fecha 13 de marzo de 2020, la Oficina Presupuestaria,
dependiente del Ministerio de Hacienda, comunicó al Ente Público RTVE que
la subvención para el ejercicio 2020 quedaba establecida en 6.000.000
euros.
iv) Relaciones con la Corporación RTVE.
Como se ha mencionado en el apartado ii de esta nota de la memoria, el
personal afectado por el E.R.E. está adscrito a RTVE y hasta su
desvinculación definitiva, prestó sus servicios a la Corporación RTVE y sus
Sociedades, por lo que su coste fue repercutido a éstas, hasta el 31 de
diciembre de 2008, mediante un sistema de facturación mensual.
Teniendo en cuenta que, de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/2006,
de 5 de junio, la Corporación RTVE y sus Sociedades filiales, SME TVE y
SME RNE, hoy integradas en su matriz, han continuado con la actividad
hasta entonces realizada por el Ente Público RTVE y que este último se
encarga de determinados derechos y obligaciones pendientes a 31 de
diciembre de 2006, existen algunas operaciones de terceros,
fundamentalmente pagos y cobros, que durante el ejercicio 2020 han sido
realizados por dichos terceros en una sola Sociedad. En aras de realizar una
gestión más operativa y eficaz, estos movimientos han sido registrados en la
Sociedad destinataria y posteriormente distribuidos a la Sociedad titular de
los mismos. Esta circunstancia ha provocado la apertura de cuentas
intersocietarias que a 31 de diciembre de 2020 se encuentran conciliadas.
e) Grupo de Sociedades.
El Ente Público RTVE posee participaciones en sociedades dependientes. Como
consecuencia de ello, RTVE es dominante de un Grupo de sociedades de
acuerdo con la legislación vigente. La presentación de cuentas anuales
cve: BOE-A-2021-12434
Verificable en https://www.boe.es
Por su parte, la Corporación RTVE pone a disposición de RTVE medios
tanto de personal como de utilización de material e infraestructuras, que son
repercutidos al Ente Público RTVE mediante un sistema de facturación
trimestral, calculados en función de consumos reales y costes generales
imputados de acuerdo al sistema de reparto establecido en la contabilidad
analítica de la Corporación RTVE.