III. Otras disposiciones. ENTE PÚBLICO RADIOTELEVISIÓN ESPAÑOLA. Ente Público Radiotelevisión Española. Cuentas anuales. (BOE-A-2021-12434)
Resolución de 19 de julio de 2021, del Ente Público Radiotelevisión Española en Liquidación, por la que se publican las cuentas anuales del ejercicio 2020 y el informe de auditoría.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 24 de julio de 2021

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a un riesgo insignificante de cambios de valor. A estos efectos se incluyen las
inversiones con vencimientos de menos de tres meses desde la fecha de
adquisición.
d) Subvenciones Oficiales de las Administraciones Públicas.
Como se indica en la nota 1.d) iii de esta memoria, la ley 17/2006, de 5 de junio,
establece que el Gobierno deberá proveer a RTVE y a sus sociedades filiales
TVE, S.A. y RNE, S.A., ambas en liquidación, de los fondos y recursos
económicos necesarios para que se pueda desarrollar de manera ordenada el
proceso de liquidación patrimonial y cumplir regularmente con todas las
obligaciones contraídas exigibles.
De acuerdo con la notificación recibida con fecha 13 de marzo de 2020, de la
Oficina Presupuestaria, dependiente del Ministerio de Hacienda, para el año
2020 RTVE recibe una compensación para atender parte de los gastos
derivados del E.R.E (nota 11).
Atendiendo a la naturaleza de estas subvenciones, y de acuerdo con el apartado
1.3 de la Norma de Registro y Valoración nº 18, las compensaciones recibidas
para la financiación del E.R.E., se reconocen siguiendo los criterios establecidos
para las subvenciones recibidas de terceros, no accionistas, al pertenecer RTVE
al sector público.
De acuerdo con dichos criterios, las subvenciones, donaciones y legados se
contabilizarán como ingresos directamente en patrimonio neto cuando se
obtiene, en su caso, la concesión oficial de las mismas y se han cumplido las
condiciones para su concesión o no existen dudas razonables para la concesión
de las mismas. Las subvenciones, donaciones o legados de carácter monetario
se valoran por el valor razonable del importe concedido.
Las subvenciones, donaciones y legados como compensación por gastos
específicos se imputan a ingresos de la cuenta de pérdidas y ganancias del
ejercicio que se devengan por ser el período en el cual se incurre en los gastos
financiados.
Las subvenciones, donaciones y legados de carácter monetario se valoran por el
valor razonable del importe concedido. Estas subvenciones se imputan a
resultados en el ejercicio que se devengan los gastos financiados.
e) Retribuciones a los empleados.
En el contexto de los acuerdos de cesión de activos y pasivos por parte de TVE,
S.A. y RNE, S.A. al Ente Público RTVE, que actualmente se encuentran en
liquidación, y en cumplimiento de la Disposición Transitoria segunda de la Ley
17/2006, de 5 de junio, la Corporación RTVE, las SME TVE, SME RNE y
Producciones de Contenidos Audiovisuales de Televisión Española S.A. se
subrogaron en las posiciones jurídicas, derechos y obligaciones de naturaleza
laboral y de Seguridad Social de los trabajadores que se incorporaron a las
nuevas entidades. En este sentido, TVE S.A. y RNE S.A. traspasaron la totalidad
de sus empleados con efectos 1 de enero de 2007 a la Corporación RTVE, a las
SME TVE y SME RNE y a Producciones de Contenidos Audiovisuales de
Televisión Española S.A., excepto aquéllos afectados por un Expediente de
Regulación de Empleo (ERE), que con la misma fecha pasaron al Ente Público
RTVE. Por su parte, el Ente Público RTVE traspasó también en la misma fecha

cve: BOE-A-2021-12434
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Núm. 176