III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-12384)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión del Organismo Autónomo Parques Nacionales a la Agencia Estatal de Investigación, para la gestión de las solicitudes de la convocatoria de subvenciones para la realización de proyectos de investigación científica en la red de Parques Nacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88932

El régimen de funcionamiento será el establecido por la comisión de seguimiento, y
supletoriamente, el recogido en la sección 3.ª, del capítulo II del título preliminar de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre.
Cuarta.

Compromisos económicos.

La suscripción de la presente encomienda de gestión no generará ningún gasto
adicional a ninguna de las partes.
Quinta. Efectos de la encomienda de gestión.
La presente encomienda de gestión se aplicará a las convocatorias realizadas por el
OAPN en el marco de la Orden ARM/1498/2009, de 21 de mayo, desde el 27 de julio
de 2021 hasta el 26 de julio de 2025.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, la presente encomienda de gestión adquirirá eficacia con su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Sexta.

Encargado del tratamiento de datos de carácter personal.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 11.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
la AEI tendrá la condición de encargado del tratamiento de los datos de carácter
personal a los que pudiera tener acceso en ejecución de la presente encomienda de
gestión, siéndole de aplicación lo dispuesto en la normativa de protección de datos de
carácter personal.
Séptima.

Naturaleza y Jurisdicción.

El presente acuerdo tiene naturaleza administrativa y se enmarca en las
encomiendas de gestión reguladas en el artículo 11.3.a) de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre.
La resolución de las controversias a las que pueda dar lugar la interpretación y
cumplimiento que pudieran surgir en su ejecución serán resueltas en el seno de la
comisión de seguimiento. En caso de que persistieran se resolverán conforme a lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Octava. Competencia.

Y en prueba de conformidad, ambas partes suscriben la presente encomienda de
gestión en la fecha y lugar indicados.–La Presidenta del Organismo Autónomo Parques
Nacionales, P. D. (Orden APM/126/2018, de 5 de febrero), la Directora del Organismo
Autónomo Parques Nacionales, María Jesús Rodríguez de Sancho.–El Presidente de la
Agencia Estatal de Investigación, P. D. (Resolución de 27 de julio de 2018, BOE n.º 184,
de 31 de julio), el Director de la Agencia Estatal de Investigación, Enrique Playán Jubillar.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-12384
Verificable en https://www.boe.es

La presente encomienda de gestión no supone cesión de la titularidad de las
competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio atribuidas al OAPN.
Será responsabilidad del órgano competente del OAPN dictar los actos y
resoluciones de carácter jurídico que den soporte o en los que se integre la concreta
actividad material objeto de la encomienda de gestión.