I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Tratados internacionales. (BOE-A-2021-12314)
Resolución de 19 de julio de 2021, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos Internacionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

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las libertades fundamentales, desea informarle de que el 31 de marzo de 2021 el
Parlamento de la República de Moldavia ha instaurado el estado de emergencia por 60
días, del 1 de abril al 30 de mayo de 2021 en todo el territorio de la República de
Moldavia. Se adjunta a la presente nota la decisión del Parlamento.
Las medidas que ya están en vigor o cuya aplicación se contempla durante el
periodo de estado de emergencia citado implican o pueden implicar restricciones a los
derechos humanos y a las libertades fundamentales, en particular la instauración de un
régimen especial de entrada y salida del país, de un régimen especial de circulación en
el territorio de la República de Moldavia, la suspensión de la actividad en los centros de
enseñanza, la instauración de un régimen de cuarentena, la prohibición de reuniones,
manifestaciones públicas y otras concentraciones multitudinarias.
La aplicación de estas medidas ha obligado a la República de Moldavia a suspender,
de conformidad con el artículo 15 del Convenio para la protección de los derechos
humanos y de las libertades fundamentales, la aplicación de ciertas disposiciones del
Convenio y de sus protocolos, en particular el artículo 11 del Convenio, el artículo 2 del
Primer Protocolo, y el artículo 2 del Protocolo n° 4.
Teniendo en cuenta la gravedad de la situación pandémica en la República de
Moldavia, las mencionadas medidas son esenciales y cruciales para luchar contra la
propagación de la COVID-19 y para proteger la vida y la seguridad de la nación.
De conformidad con el apartado 3 del artículo 15 del Convenio europeo para la
protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, la
Representación Permanente informará a la Secretaria General del Consejo de Europa de
los acontecimientos futuros relativos al estado de emergencia, así como de la fecha en
que dichas medidas se hayan dejado de aplicar y las disposiciones del Convenio vuelvan
a tener plena aplicación en el territorio de la República de Moldavia.
La Representación Permanente de la República de Moldavia ante el Consejo de
Europa aprovecha la ocasión para reiterar a la Secretaria General del Consejo de
Europa la expresión de su más alta consideración.
(sello)
Estrasburgo, 2 de abril de 2021.
SECRETARIA GENERAL DEL CONSEJO DE EUROPA ESTRASBURGO.»
LETONIA.
06-04-2021 NOTIFICACIÓN DE RETIRADA DE LA EXCEPCIÓN.
NOTA VERBAL:
«Representación Permanente de la República de Letonia ante el Consejo de Europa
N.° 03-6937

La Representación Permanente de Letonia ante el Consejo de Europa saluda a la
Secretaría General del Consejo de Europa y, de conformidad con el artículo 15 del
Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales,
informa de que se ha levantado el estado de emergencia declarado el 6 de noviembre
de 2020, que requería la suspensión del artículo 11 del Convenio. En consecuencia, de
conformidad con el apartado 3 del artículo 15 del Convenio, el Gobierno retira su
suspensión del artículo 11 del Convenio.
La Representación Permanente de Letonia ante el Consejo de Europa recuerda que
el 30 de diciembre de 2020, informó a la Secretaria General del Consejo de Europa de
que el 6 de noviembre de 2020 el Gobierno de la República de Letonia declaró el estado
de emergencia en todo el territorio de la República de Letonia, que requería la
suspensión del artículo 11 del Convenio. Teniendo en cuenta la amenaza persistente que
suponía la Covid-19 para la salud pública, el 5 de febrero de 2021 el Gobierno de la

cve: BOE-A-2021-12314
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NOTA VERBAL: