II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional. (BOE-A-2021-12347)
Resolución de 16 de julio de 2021, de la Secretaría General de Función Pública, por la que se convocan pruebas selectivas para acceso a la subescala de Secretaría, categoría superior, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175
Viernes 23 de julio de 2021
2.
Sec. II.B. Pág. 88416
Prueba de aptitud
La prueba de aptitud consistirá en resolver por escrito, en el plazo máximo de cuatro
horas, un supuesto práctico que el Tribunal Calificador determine y que estará
relacionado con temas de organización, funcionamiento y competencias de las entidades
locales con más de 20.000 habitantes, procedimiento administrativo común, régimen
jurídico del sector público, personal, contratación, bienes, expropiación y servicios
públicos.
Para la realización de la prueba de aptitud, podrán consultarse textos legales.
Este ejercicio será corregido directamente por el Tribunal, conforme a lo indicado en
la base 5.7.
Para la resolución de la prueba de aptitud, el opositor sólo podrá aplicar normativa
estatal, sin que pueda aplicar normativa autonómica. La normativa aplicable a la
resolución de este ejercicio será la vigente al tiempo de su realización.
I.2
Calificación de la prueba de aptitud y valoración de los méritos
1.
Concurso de méritos
La valoración de los méritos generales de los solicitantes se acreditará mediante
baremo de méritos expedido por la Dirección General de la Función Pública, del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, según solicitud que se tramitará de oficio por
el Instituto Nacional de Administración Pública.
En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a
cada uno de los méritos generales señalados en el artículo 1 de la Orden del Ministerio
para las Administraciones Públicas, de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan
normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, por el orden de prelación
establecido según su orden de enumeración en dicho artículo.
De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera
en la subescala de Secretaría, categoría de entrada y, de mantenerse, al número
obtenido en ese proceso selectivo.
2.
Prueba de aptitud
El supuesto práctico se calificará de cero a diez puntos, y será necesario para
superar la prueba de aptitud obtener un mínimo de cinco puntos y resultar incluido dentro
del número de aspirantes que, por orden de puntuación, obtenida de mayor a menor,
coincida con el número de plazas asignadas a este sistema.
La calificación de este ejercicio se realizará con tres decimales.
En su calificación se valorará fundamentalmente la precisión y el rigor técnico en el
planteamiento, exposición y resolución del supuesto práctico planteado.
La publicación de las calificaciones de este supuesto práctico se efectuará por el
Tribunal calificador, en una lista única, incluyendo únicamente a aquellos opositores que,
cumpliendo los requisitos, hayan superado la prueba de aptitud.
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
La solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración pública y
liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790) se rellenará según lo
establecido en la propia solicitud y en las siguientes instrucciones particulares, que
cve: BOE-A-2021-12347
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO II
Núm. 175
Viernes 23 de julio de 2021
2.
Sec. II.B. Pág. 88416
Prueba de aptitud
La prueba de aptitud consistirá en resolver por escrito, en el plazo máximo de cuatro
horas, un supuesto práctico que el Tribunal Calificador determine y que estará
relacionado con temas de organización, funcionamiento y competencias de las entidades
locales con más de 20.000 habitantes, procedimiento administrativo común, régimen
jurídico del sector público, personal, contratación, bienes, expropiación y servicios
públicos.
Para la realización de la prueba de aptitud, podrán consultarse textos legales.
Este ejercicio será corregido directamente por el Tribunal, conforme a lo indicado en
la base 5.7.
Para la resolución de la prueba de aptitud, el opositor sólo podrá aplicar normativa
estatal, sin que pueda aplicar normativa autonómica. La normativa aplicable a la
resolución de este ejercicio será la vigente al tiempo de su realización.
I.2
Calificación de la prueba de aptitud y valoración de los méritos
1.
Concurso de méritos
La valoración de los méritos generales de los solicitantes se acreditará mediante
baremo de méritos expedido por la Dirección General de la Función Pública, del
Ministerio de Hacienda y Función Pública, según solicitud que se tramitará de oficio por
el Instituto Nacional de Administración Pública.
En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la otorgada a
cada uno de los méritos generales señalados en el artículo 1 de la Orden del Ministerio
para las Administraciones Públicas, de 10 de agosto de 1994 por la que se dictan
normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de
Administración Local con habilitación de carácter nacional, por el orden de prelación
establecido según su orden de enumeración en dicho artículo.
De persistir el empate se acudirá a la fecha de ingreso como funcionario de carrera
en la subescala de Secretaría, categoría de entrada y, de mantenerse, al número
obtenido en ese proceso selectivo.
2.
Prueba de aptitud
El supuesto práctico se calificará de cero a diez puntos, y será necesario para
superar la prueba de aptitud obtener un mínimo de cinco puntos y resultar incluido dentro
del número de aspirantes que, por orden de puntuación, obtenida de mayor a menor,
coincida con el número de plazas asignadas a este sistema.
La calificación de este ejercicio se realizará con tres decimales.
En su calificación se valorará fundamentalmente la precisión y el rigor técnico en el
planteamiento, exposición y resolución del supuesto práctico planteado.
La publicación de las calificaciones de este supuesto práctico se efectuará por el
Tribunal calificador, en una lista única, incluyendo únicamente a aquellos opositores que,
cumpliendo los requisitos, hayan superado la prueba de aptitud.
Instrucciones para cumplimentar la solicitud
La solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración pública y
liquidación de la tasa de derechos de examen (modelo 790) se rellenará según lo
establecido en la propia solicitud y en las siguientes instrucciones particulares, que
cve: BOE-A-2021-12347
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO II