III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CONSUMO. Comunidad Autónoma de Cataluña. Convenio. (BOE-A-2021-12388)
Resolución de 15 de julio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por la que se publica el Convenio con la Agencia Catalana del Consumo y el Ayuntamiento de Sabadell, para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Sabadell.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88947

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE CONSUMO
12388

Resolución de 15 de julio de 2021, de la Dirección General de Consumo, por
la que se publica el Convenio con la Agencia Catalana del Consumo y el
Ayuntamiento de Sabadell, para la constitución de la Junta Arbitral de
Consumo del Ayuntamiento de Sabadell.

Suscrito entre el Ministerio de Consumo, la Agencia Catalana del Consumo de la
Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Sabadell, en fecha 14 de julio de 2021,
Convenio para la constitución de la Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento
de Sabadell, que figura como anexo a esta resolución, procede su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado», de conformidad con lo previsto en el artículo 48.8 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Madrid, 15 de julio de 2021.–La Directora General de Consumo, Bibiana Medialdea
García.
ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Consumo, la Agencia Catalana del Consumo de la
Generalitat de Cataluña y el Ayuntamiento de Sabadell, para la constitución de la
Junta Arbitral de Consumo del Ayuntamiento de Sabadell

De una parte, doña Bibiana Medialdea García, Directora General de Consumo, de acuerdo
con el nombramiento efectuado por Real Decreto 224/2020, de 29 de enero, por delegación de
competencias del Ministro de Consumo, efectuada mediante Orden CSM/940/2020, de 6
de octubre, sobre fijación de límites para la administración de créditos para gastos y de
delegación de competencias.
De otra parte, don Francesc Sutrias i Grau, Director de la Agencia Catalana del
Consumo de la Generalitat de Cataluña, por nombramiento efectuado por el Gobierno de
la Generalitat de Cataluña, mediante Decreto 103/2021, de 1 de junio, y en virtud de lo
dispuesto en la Ley 9/2004, de 24 de diciembre, de creación de la Agencia Catalana del
Consumo. La suscripción de este Convenio se ha autorizado por acuerdo del Gobierno,
de conformidad con el artículo 26.k) de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la
Presidencia de la Generalitat y del Gobierno, en relación con el artículo 175.1 del
Estatuto de Cataluña.
Y de otra, doña Montserrat González Ruiz, Teniente de Alcaldesa de Desarrollo
Económico e Impulso Administrativo del Ayuntamiento de Sabadell, por nombramiento
efectuado por Decreto 6747/2019, de 25 de junio, en virtud del Decreto de Alcaldía
núm. 7579/2020, de 2 de noviembre, de delegación de competencias y según
Decreto 4446/2021, de 3 de junio, que acuerda la aprobación de la firma del Convenio.
Actuando, respectivamente, en nombre y representación del Ministerio de Consumo,
de la Comunidad Autónoma de Cataluña y del Ayuntamiento de Sabadell.
Cada uno de los firmantes, en el ejercicio de sus facultades, comparecen y
EXPONEN
El artículo 51 de la Constitución insta a los poderes públicos a garantizar la defensa
de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la
seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

cve: BOE-A-2021-12388
Verificable en https://www.boe.es

REUNIDOS