III. Otras disposiciones. AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS. Premios. (BOE-A-2021-12397)
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio a las Buenas Prácticas en relación con iniciativas del ámbito público y privado dirigidas a una mayor protección en internet de la privacidad de las mujeres supervivientes a la violencia por razón de género.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 175

Viernes 23 de julio de 2021

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III. OTRAS DISPOSICIONES

AGENCIA ESPAÑOLA DE PROTECCIÓN DE DATOS
Resolución de 14 de julio de 2021, de la Agencia Española de Protección de
Datos, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el Premio
a las Buenas Prácticas en relación con iniciativas del ámbito público y privado
dirigidas a una mayor protección en internet de la privacidad de las mujeres
supervivientes a la violencia por razón de género.

La extensión y el uso intensivo de dispositivos móviles e internet, redes sociales y
servicios como los de mensajería instantánea o de geolocalización, sirven de cauce para
la proliferación de conductas de violencia contra la mujer, comprobándose que, en
muchos casos, internet y sus servicios y aplicaciones se utilizan para controlar,
amedrentar, acosar, humillar y chantajear a las mujeres.
Asimismo, cada vez es más frecuente la publicación en internet de imágenes, vídeos
o documentos privados de las mujeres supervivientes a la violencia de género o de los
menores a su cargo, y la difusión a través de las redes sociales o servicios equivalentes
de estos contenidos sin tener consentimiento para ello.
En consecuencia, uno de los objetivos a conseguir por la sociedad es intentar atajar
la expansión de esas imágenes, vídeos o informaciones y que no se vuelvan virales,
para tratar de evitar un perjuicio aún mayor para la víctima.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), en el ejercicio de las
competencias que le atribuye el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, tiene
como misión velar por el cumplimiento de la legislación sobre protección de datos y, entre
las acciones con esta finalidad, se encuentran las de promover la sensibilización del
público y su comprensión de los riesgos, normas, garantías y derechos en relación con el
tratamiento de los mismos, promover la sensibilización de los responsables y encargados
del tratamiento acerca de las obligaciones que les incumben, facilitar información a
cualquier interesado en relación con el ejercicio de sus derechos, así como desempeñar
cualquier otra función relacionada con la protección de los datos personales.
El Reglamento General de Protección de Datos pretende hacer frente a los nuevos
retos que, para la protección de los datos personales, han planteado la rápida evolución
tecnológica y la globalización derivados del aumento significativo de la magnitud de su
recogida e intercambio, tal y como se expone en su considerando segundo. En este
sentido, el Reglamento General de Protección de Datos amplía los derechos de los
interesados, como el de supresión de los datos personales, de tal forma que quien los
haya hecho públicos esté obligado a indicar a los responsables del tratamiento que estén
tratando tales datos personales que supriman todo enlace a ellos, o las copias o réplicas
de tales datos. El principio de integridad y confidencialidad impone que los datos
personales deban ser tratados de tal manera que se garantice una seguridad adecuada
de los mismos, incluida la protección contra el tratamiento no autorizado o ilícito y contra
su pérdida, destrucción o daño accidental, mediante la aplicación de medidas técnicas u
organizativas apropiadas.
La Agencia Española de Protección de Datos ha diseñado un Plan de
Sostenibilidad (2019-2024), que viene a dar continuidad al Plan Estratégico (2015-2019),
integrado por la Política de Responsabilidad Social y el Plan de Acción, aprobados por
resolución de la directora de 27 de mayo de 2019, en consonancia con el compromiso de
España para el cumplimiento de la Agenda 2030 y de sus Objetivos de Desarrollo
Sostenible (ODS), a través de cuatro ámbitos de actuación relacionados de forma directa

cve: BOE-A-2021-12397
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