III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-12311)
Resolución de 9 de julio de 2021, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se encarga al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O.A., M.P., durante el año 2021, la gestión del servicio de la Seguridad Social denominado "Prevención10.es".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 174

Jueves 22 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 88247

Sexto.
En las páginas web y documentos del servicio «Prevencion10.es» figurará el logotipo
del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, seguido de los identificativos
de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones y de la Dirección General
de Ordenación de la Seguridad Social; así como el logotipo del Ministerio de Trabajo y
Economía Social y los identificativos de la Secretaría de Estado de Empleo y Economía
Social y del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, O. A., M. P.
Séptimo.
La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social ejercerá las funciones de
coordinación del desarrollo de las actividades encargadas, así como de seguimiento de
su ejecución.
Octavo.
Antes del día 31 de marzo de 2022, el INSST facilitará información detallada a la
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, con el formato y contenido que
esta establezca, acerca de las actividades preventivas encargadas desarrolladas en 2021,
así como del nivel de utilización por los usuarios del servicio «Prevencion10.es» y de la
valoración de la calidad del servicio por parte de los mismos.
Noveno.
Las dudas que puedan surgir en materia de interpretación y aplicación de lo
dispuesto en esta resolución serán resueltas por la Dirección General de Ordenación de
la Seguridad Social.
Asimismo, a propuesta del INSST, la Dirección General de Ordenación de la
Seguridad Social podrá autorizar la modificación de los importes de la compensación,
cuando sea necesario para garantizar la prestación del servicio y debido a causas
sobrevenidas no previstas inicialmente. En todo caso, deberá solicitarse la autorización
con carácter previo a la aprobación del gasto por el órgano competente.

cve: BOE-A-2021-12311
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 9 de julio de 2021.–El Director General de Ordenación de la Seguridad
Social, Francisco Borja Suárez Corujo.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X