II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias. (BOE-A-2021-12210)
Resolución de 8 de julio de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal en el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, especialidad de Psicólogos/as y Sociólogos/as.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 87137
a.3) Servicios prestados en cuerpos o escalas de otras administraciones públicas: a
razón de 0,12 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 14,4
puntos.
a.4) Servicios prestados en órganos constitucionales y resto del sector público: a
razón de 0,06 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 7,2
puntos.
b) Méritos académicos: Hasta un máximo de 8 puntos, de acuerdo con la siguiente
puntuación.
b.1) Cursos de formación: Se valorarán un máximo de diez cursos de formación
recibidos o impartidos, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias y que se encuentren
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas, de 9 de marzo de 2018, o de los planes de formación continua del personal de
las administraciones públicas.
Se valorarán 0,6 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 6 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a quince horas lectivas, los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos, los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Aquellos cursos de formación objeto de valoración que no estén debidamente
anotados en el Registro Central de Personal deberán ser acreditados por el aspirante
ante los servicios centrales de personal.
b.2) Otros méritos: Se valorará con un máximo de 2 puntos estar en posesión de
alguna titulación académica oficial de nivel superior a la requerida para el acceso al
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, el día de publicación de la
presente convocatoria, o haber superado alguno de los ejercicios exigidos para el acceso
al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias en las tres últimas
convocatorias.
Esta valoración se realizará de acuerdo con la siguiente puntuación:
b.2.1) Se valorará con un punto cada titulación académica oficial de nivel superior.
b.2.2) Se valorará con un punto haber superado un ejercicio en las tres últimas
convocatorias del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, y con
dos puntos haber superado dos o más ejercicios en dichas convocatorias.
Calificación del concurso-oposición. La calificación vendrá determinada por la suma
de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la
fase de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso.
2. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.
3. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo y primer ejercicio,
por este orden.
De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la
base específica 8.1.
3.
Periodo de prácticas
El periodo de prácticas estará dirigido exclusivamente a los aspirantes que no sean
funcionarios interinos del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias,
que hayan superado las fases de oposición y concurso. Tendrá una duración total no
superior a doce meses y se regulará por Resolución del secretario general
cve: BOE-A-2021-12210
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 173
Miércoles 21 de julio de 2021
Sec. II.B. Pág. 87137
a.3) Servicios prestados en cuerpos o escalas de otras administraciones públicas: a
razón de 0,12 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 14,4
puntos.
a.4) Servicios prestados en órganos constitucionales y resto del sector público: a
razón de 0,06 puntos por mes completo de servicios efectivos, hasta un máximo de 7,2
puntos.
b) Méritos académicos: Hasta un máximo de 8 puntos, de acuerdo con la siguiente
puntuación.
b.1) Cursos de formación: Se valorarán un máximo de diez cursos de formación
recibidos o impartidos, en los diez años anteriores a la fecha de publicación de esta
convocatoria, cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias
del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias y que se encuentren
dentro del marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones
Públicas, de 9 de marzo de 2018, o de los planes de formación continua del personal de
las administraciones públicas.
Se valorarán 0,6 puntos por curso, hasta una puntuación máxima de 6 puntos.
No se valorarán los cursos que no acrediten las fechas de realización y las horas de
duración. Asimismo, no se valorarán los inferiores a quince horas lectivas, los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos, los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios y similares.
Aquellos cursos de formación objeto de valoración que no estén debidamente
anotados en el Registro Central de Personal deberán ser acreditados por el aspirante
ante los servicios centrales de personal.
b.2) Otros méritos: Se valorará con un máximo de 2 puntos estar en posesión de
alguna titulación académica oficial de nivel superior a la requerida para el acceso al
Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, el día de publicación de la
presente convocatoria, o haber superado alguno de los ejercicios exigidos para el acceso
al Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias en las tres últimas
convocatorias.
Esta valoración se realizará de acuerdo con la siguiente puntuación:
b.2.1) Se valorará con un punto cada titulación académica oficial de nivel superior.
b.2.2) Se valorará con un punto haber superado un ejercicio en las tres últimas
convocatorias del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias, y con
dos puntos haber superado dos o más ejercicios en dichas convocatorias.
Calificación del concurso-oposición. La calificación vendrá determinada por la suma
de las calificaciones obtenidas en la fase de oposición y la puntuación obtenida en la
fase de concurso.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de concurso.
2. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.
3. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en el segundo y primer ejercicio,
por este orden.
De persistir el empate se atenderá al orden alfabético de actuación mencionado en la
base específica 8.1.
3.
Periodo de prácticas
El periodo de prácticas estará dirigido exclusivamente a los aspirantes que no sean
funcionarios interinos del Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias,
que hayan superado las fases de oposición y concurso. Tendrá una duración total no
superior a doce meses y se regulará por Resolución del secretario general
cve: BOE-A-2021-12210
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Núm. 173