III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-12246)
Resolución de 13 de julio de 2021, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con la Universidad de Huelva, para el desarrollo de programas de máster universitario, prácticas académicas externas y trabajos fin de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 21 de julio de 2021

Sec. III. Pág. 87901

Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas
externas de los estudiantes universitarios.
Por todo lo anteriormente expuesto, el CSIC y la Universidad suscriben este
Convenio, que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto del Convenio.
1. El objeto del presente Convenio es establecer la colaboración entre el CSIC y la
Universidad de Huelva para el desarrollo de programas de Máster y la realización de
prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares y Trabajos Fin de Máster
(TFM) de dichos programas en los Institutos, Centros y unidades del CSIC (en
adelante, ICU).
En concreto, se desarrollarán las siguientes actividades:
– Participación del personal investigador del CSIC en la docencia teórica del Máster.
– Realización de prácticas académicas externas, curriculares y extracurriculares, de
Máster y la realización del trabajo de investigación completo correspondiente al TFM del
alumnado de esta Universidad en los ICU del CSIC.
En el presente Convenio se establece el marco general regulador para la realización
de las prácticas externas de estudiantes de Máster en los ICU del CSIC, regulando los
derechos y obligaciones generales de las partes y de los estudiantes y el procedimiento
a seguir para su solicitud; la autorización y concreción del proyecto formativo y el
desarrollo de cada práctica se articulará a través de los anexos previstos en este
Convenio, de conformidad con lo previsto en el artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014,
de 11 de julio.
La regulación y mención a las «prácticas» o «prácticas externas» contenida en este
Convenio se entenderá que incluye y es aplicable, en todo aquello que proceda, al
Trabajo de Fin de Máster (TFM).
Las prácticas externas objeto de este Convenio serán, en todo caso, de carácter
formativo, no laboral y no remuneradas, por lo que de su realización no se derivarán, en
ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar
lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
2. El objetivo común de ambas instituciones es favorecer la empleabilidad de los
futuros titulados de máster, enriqueciendo la formación de los estudiantes de las
enseñanzas de máster, introduciéndoles a su vez en las posibilidades de la carrera
científica y conectándolos con entornos reales de investigación, lo que les proporcionará,
tanto a ellos como a los responsables de la formación, un conocimiento más profundo
acerca de las competencias que necesitarán en el futuro.
Segunda. Condiciones generales de la participación de personal del CSIC en la
docencia de máster.
1. Según lo previsto en el artículo 8.1.l), y en relación con el artículo 10.d) del
Reglamento de las enseñanzas de Máster de la Universidad de Huelva, aprobado por
Consejo de Gobierno con fecha 23 de abril de 2012, el personal investigador del CSIC
podrá colaborar en las enseñanzas de postgrado de la Universidad bajo la supervisión
de uno o varios de los/las profesores/as del Máster correspondiente.
2. El personal investigador del CSIC, en virtud del artículo 32 de su Estatuto,
deberá ser previamente autorizado para participar en el Máster por la persona titular de
la Presidencia de este Organismo, con los límites fijados en la Ley 53/1984, de 26 de
diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones
Públicas. Esta participación no irá en detrimento de sus obligaciones en el CSIC y no

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Núm. 173